Está Vd. en

Documento BORME-C-2015-8714

TQ TECNOL, S.A.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
SETIER, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 10319 a 10320 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-8714

TEXTO

Anuncio de Escisión Parcial

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (La "Ley"), se hace público que el 21 de julio de 2015, el Socio único SERVEIS I ADMINISTRACIONS MASERGRUP,S.L. ( El "Socio único") de TQ TECNOL, S.A. (Sociedad parcialmente escindida) y el Socio Único de SETIER S.L. (Sociedad Beneficiaria) ejerciendo las funciones de la Junta General adoptaron la decisión de escindir parcialmente sin extinción, la sociedad "TQ TECNOL, S.A", mediante la transmisión y traspaso en bloque de una parte de su patrimonio que constituye una unidad económica autónoma, referente al negocio patrimonial de gestión de inmuebles, a la Sociedad Beneficiaria "SETIER S.L.", la cual adquirirá por sucesión a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido. De conformidad con el Plan General de Contabilidad, la fecha a partir de la cual las operaciones de TQ TECNOL, S.A., habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de SETIER S.L. respecto del Patrimonio que recibe en Escisión Parcial, será el 1 de enero de 2.015.

Como consecuencia de la Escisión Parcial, la sociedad escindida "TQ TECNOL, S.A.", reducirá su capital en la cantidad de 41.551 euros, quedando fijado en 78.699 euros. En consecuencia se modifica el artículo 5 de los Estatutos Sociales relativo al capital social. Adicionalmente, "TQ TECNOL, S.A" reducirá sus reservas de libre disposición en el importe de 1.940.774euros.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 42 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, al haberse adoptado el acuerdo de Escisión Parcial por unanimidad de los accionistas y de los socios, tanto en las Sociedad Escindida como en la Sociedad Beneficiaria, no será necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y tampoco el Informe de los Administradores sobre el Proyecto de Escisión.

No obstante, se hace constar que el acuerdo de Escisión Parcial, contiene el listado de elementos de activo, dado que no se transfieren pasivos, que componen la unidad económica relativa que se traspasa a la Sociedad Beneficiaria "SETIER,S.L.".

A la Escisión Parcial le es asimismo aplicable lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley, por remisión del artículo 73 dado que la Sociedad Parcialmente Escindida y la Sociedad Beneficiaria están íntegra y directamente participadas por el Socio Único, por lo que no es necesario el aumento de capital social en SETIER, S.L.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la Ley de modificaciones estructurales, y 334 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del Acuerdo de Escisión Parcial adoptado, así como el derecho que les corresponde de oponerse a la Escisión parcial y la Reducción de Capital plateada, con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del Acuerdo de Escisión Parcial, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Reus, 21 de julio de 2015.- El administrador único de "TQ Tecnol, S.A.", y el administrador único de "Setier, S.L.".

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid