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Documento BORME-C-2015-8579

FONDESE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FINESPORTS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 148, páginas 10165 a 10165 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-8579

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME") se hace público que en fecha 25 de junio de 2.015, se celebraron las Juntas Generales de socios de Fondese, S.L. y Finesports, S.L., ambas con carácter Universal, en las que después de aprobar sus respectivos balances de fusión y el proyecto común de fusión, aprobaron la fusión por absorción de Finesports, S.L. ("Sociedad absorbida") por Fondese, S.L. ("Sociedad absorbente") con extinción, mediante disolución sin liquidación, de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el proyecto común de fusión suscrito por los Administradores de la Sociedad Absorbida y Absorbente. Asimismo, se informa que se han utilizado como balances a efectos de la fusión los balances de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida cerrados a 31 de diciembre de 2014.

Se hace constar que la fusión implica el traspaso de todos los trabajadores de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, y ello conforme al régimen de sucesión de empresa regulado en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. En consecuencia la Sociedad Absorbente se subroga en los derechos y obligaciones laborales y de seguridad social de la Sociedad Absorbida, incluyendo los compromisos de pensiones y, en general, en cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria hubiera adquirido la Sociedad Absorbida.

Se informa también del derecho que corresponde a los accionistas y acreedores de la Sociedad Absorbida y Absorbente de obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los domicilios sociales de la Sociedad Absorbida y Absorbente.

Por último, se hace constar el derecho de oposición que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la fusión con arreglo a lo establecido en el artículo 44 de la LME, que podrá ser ejercido en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Barcelona, 30 de junio de 2015.- El Presidente del Consejo de Administración de Fondese, S.L., don Juan María Camp Rof, y el Administrador de Finesports, S.L., don Jordi Marsal Colom.

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