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Documento BORME-C-2015-8548

MERCANTIL MAGAPE, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 148, páginas 10129 a 10130 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2015-8548

TEXTO

N.º Procedimiento: 352/15.

Edicto.

Cedula de notificación.

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Decreto.

En Santa Cruz de Tenerife, a 29 de julio de 2015.

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife,

Primero.- Se ha presentado en el Decanato Solicitud de Convocatoria de Junta General de la entidad de nombre Mercantil Magape, S.A., por el Procurador Don Borja Machado Rodríguez de Azero, en representación de Don Juan Víctor Machado Galán con el fin de proceder en la misma al nombramiento de administradores.

Segundo.- El solicitante manifiesta que el Presidente y Secretario de la Junta serán nombrados por la propia Junta de acuerdo al artículo 15 de los Estatutos Sociales.

Fundamentos jurídicos.

Primero.- El artículo 171 LSC establece que "en caso de muerte o de cese del administrador único, de todos los administradores solidarios, de alguno de los administradores mancomunados o de la mayoría de los miembros del Consejo de Administración, sin que existan suplentes, cualquier socio podrá solicitar del Juez de lo mercantil del domicilio social la convocatoria de Junta general para el nombramiento de los administradores.

Además, cualquiera de los administradores que permanezcan en el ejercicio del cargo podrá convocar la junta general con ese único objeto.

Segundo.- Conforme a la nueva regulación del artículo 117 y ss de la Ley 15/2015, de 2 de julio, es competente para su convocatoria el Secretario Judicial:

"4. Admitida la solicitud, el Secretario judicial señalará día y hora para la comparecencia, a la que se citará al órgano de administración.

5. Si accediere a lo solicitado, convocará la junta general en el plazo de un mes desde que hubiera sido formulada la solicitud, indicando lugar, día y hora para la celebración, así como el orden del día, y designará al presidente y secretario de la misma. El lugar establecido deberá ser el fijado en los Estatutos, y si no lo estuviera deberá estar dentro del término municipal donde radique el domicilio de la sociedad.

Contra el decreto por el que se acuerde la convocatoria de la Junta general no cabrá recurso alguno,"

Tercero.- En el presente caso el solicitante está legitimado para la solicitud de convocatoria al ser titular de más del 49% del capital social y ser bastante el poder otorgado al procurador que actúa en su nombre, manifestando el interesado la necesidad de urgencia de convocatoria por encontrarse la entidad sin cabeza que la administre.

Parte dispositiva.

Se convoca Junta general extraordinaria de la entidad Mercantil Magape, S.A., a celebrar el próximo día 10 de septiembre de 2015, a las 16:30 horas, en el domicilio social de la entidad con el siguiente orden del día:

Elección y nombramiento de nuevo órgano de administración de la entidad.

La convocatoria se anunciará en el periódico "El Día" y en el Boletín Oficial del Registro Mercantil con al menos 30 días de antelación entregándose al procurador solicitante toda la documentación necesaria (oficios y edictos correspondientes) para su gestión debiendo acreditar a este Juzgado haberlo verificado.

Los solicitantes serán los encargados de avisar al Notario autorizante conforme con lo solicitado.

Esta resolución es Firme y contra la misma no cabe interponer recurso alguno (artículo 170 LSC).

Así lo dispone, manda y firma Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe.

El Secretario Judicial.

Y como consecuencia de lo anteriormente acordado, se expide la presente cédula notificación.

Santa Cruz de Tenerife, 29 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.

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