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Documento BORME-C-2015-8359

INVERSIONES CONSTRUCCIONES INTERNACIONALES, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 145, páginas 9919 a 9920 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2015-8359

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid al Sr. Registrador del BORME Anuncia En el procedimiento Jurisdicción Voluntaria n.º 1052/14, iniciado por D.ª Mercedes Muñoz Casillas Sánchez, se solicita la convocatoria de junta de la sociedad Inversiones Construcciones Internacionales, S.A., de referencia se ha dictado la resolución auto 5/6/15 donde la Parte Dispositiva a tenor literal: Parte Dispositiva Se admite la solicitud de convocatoria judicial de junta general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Construcciones Internacionales, S.A., formulada por la representación de Doña Cristina Méndez Rocasolano. Se convoca la junta general solicitada, que se celebrará el día 20 de julio de 2015 a las 10 Horas en el despacho profesional del Notario don Antonio Domínguez Mena, sito en Calle Alcalá, n.º 87, piso 2.º, de Madrid, la cual será presidida por el socio designado por los demás concurrentes al inicio de la sesión, y que tendrá por

Orden del día

Primero.- Reactivación de la sociedad por transformación en Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Segundo.- Aprobación, en su caso, de los Estatutos de la Sociedad transformada.

Tercero.- Designación de administradores sociales.

Cuarto.- Estudio de cuentas anuales para su posible aprobación.

Quinto.- Cambio de Domicilio Social.

Sexto.- Autorización para realizar los actos y firmar los documentos públicos y privados que sean necesarios para llevar a cabo los acuerdos que se adopten.

Séptimo.- Ruegos y preguntas.

Los actos de publicidad y comunicación legal o estatutariamente exigidos para hacer efectiva esa convocatoria podrán ser realizados tanto por la parte solicitante como por la propia sociedad, siempre a costa de esta última. Tales actos consistirán en la publicación de edictos en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia de Madrid, así como en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Notifíquese este Auto según lo dispuesto, previniese de que contra él mismo no cabe recurso alguno, siendo firme. Así lo acuerda, manda y firma doña Marta Canals Lardiés, Juez de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil número 10 de los de Madrid, de lo que doy fe. ..." Asimismo con fecha 18/6/15 se dictó Auto de rectificación cuya parte dispositiva a tenor literal es: "... Parte Dispositiva Se rectifica el Auto n.º 245/2015 de 9 de junio, dictada en el presente procedimiento en su Parte Dispositiva, en el sentido de que donde dice: " ... día 20 de julio de 2015 a las 10 horas" debe decirse "día 7 de octubre de 2015 a las 10 horas". No cabe recurso alguno contra la presente resolución. Así lo pronuncio, mando y firmo. ..." Y como consecuencia, se extiende la presente para que sirva de publicación.

Madrid, 1 de julio de 2015.- El/La Secretario.

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