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Documento BORME-C-2015-8145

AUXILIAR CONSERVERA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 140, páginas 9669 a 9669 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2015-8145

TEXTO

ACUERDO DE REDUCCIÓN DE CAPITAL SOCIAL

La Junta General de accionistas de AUXILIAR CONSERVERA, S.A., celebrada en su domicilio social el pasado 26 de junio de 2015, acordó por unanimidad de los accionistas asistentes la reducción de su capital social en los siguientes términos:

a) Mediante la amortización de acciones existentes en autocartera, en las siguientes condiciones:

Cifra de la reducción de capital social: 27.356 euros.

Finalidad de la reducción: aumento de reserva de libre disposición.

Procedimiento: amortización de 3.908 acciones nominativas de 7 euros de valor nominal, n.º 1617 a 1650, (a.i),1779 a 1800, (a.i),1804 a 1825, (a.i),27761 a 28192, (a.i), 29489 a 29920, (a.i), 33143 a 33376, (a.i), 36189 a 36256, (a.i), 36766 a 36832, (a.i), 50955 a 52412, (a.i), 53689 a 53870, (a.i), 53507 a 53688, (a.i), 54963 a 55083, (a.i), 55205 55325, (a.i), 79863 a 80129, (a.i), 84925 a 85190, (a.i), existentes en autocartera.

b) Mediante la adquisición de acciones propias para su amortización, en las siguientes condiciones:

Cifra de la reducción de capital social: hasta 30.000 acciones de valor nominal de 7 euros acción, esto es, por hasta 210.000 euros como cifra de reducción de capital.

Finalidad de la reducción: devolución de aportaciones.

Procedimiento: mediante adquisición con cargo a la cuenta de reservas de libre disposición en un plazo de un mes desde la publicación de la oferta en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en la pagina Web de la sociedad.

Suma a abonar a los socios aceptantes: 91 euros por acción mediante tres pagos o desembolsos iguales, el primero a la formalización de la aceptación, y los dos siguientes a uno y dos años vencidos desde el primer pago.

Plazo de la amortización: dentro del mes siguiente a la terminación del plazo de la oferta de adquisición.

Se ha previsto que en caso de que el número de acciones que quieran acogerse a la oferta sea superior a la cantidad ofertada, se aplicará un prorrateo proporcional al número de acciones de cada socio, y en caso de que no se cubra la oferta, la reducción de capital se ejecutará sobre las aceptaciones realizadas.

Se aprobó la modificación del artículo cinco de los Estatutos Sociales para adaptarlo en su redacción a la reducción de capital que finalmente se realice de conformidad con los acuerdos de reducción adoptados.

Molina de Segura, 16 de julio de 2015.- El Presidente.

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