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Documento BORME-C-2015-8126

URSHDAY, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ELYOB CARTERA, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 140, páginas 9650 a 9650 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-8126

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de las sociedades Urshday, S.L. y Elyob Cartera, S.L. Sociedad unipersonal, celebradas ambas el día 29 de junio de 2015, acordaron la fusión por absorción de las citadas sociedades mediante la absorción por parte de Urshday, S.L. (sociedad absorbente) de Elyob Cartera, S.L. Sociedad unipersonal, con la extinción de esta última y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio, a la sociedad absorbente, de conformidad con el procedimiento previsto en los artículos 42 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, y en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes.

Se hace constar, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades a oponerse a la fusión en los términos del artículo 44 de la citada Ley, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Barcelona, 30 de junio de 2015.- Rabbi Olaisende Boyle, Administrador único de Urshday, S.L. y de Elyob Cartera, S.L.U.

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