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Documento BORME-C-2015-8071

HERMI GESTIÓN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FERTILIZANTES PISUERGA, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 139, páginas 9584 a 9584 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-8071

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el pasado 30 de junio de 2015 el socio único de FERTILIZANTES PISUERGA, S.L., Sociedad Unipersonal, y la Junta General de Socios de HERMI GESTIÓN, S.L., después de aprobar el Proyecto Común de Fusión redactado, suscrito y aprobado por sus respectivos Órganos de Administración el día 30 de junio de 2015, y los respectivos Balances de Fusión cerrados a 31 de diciembre de 2014, aprobaron por unanimidad la Fusión por Absorción entre HERMI GESTIÓN, S.L. y FERTILIZANTES PISUERGA, S.L., Sociedad Unipersonal, mediante la absorción de la segunda por la primera, produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación, de FERTILIZANTES PISUERGA, S.L., Sociedad Unipersonal, y el traspaso en bloque a título universal de su patrimonio a HERMI GESTIÓN, S.L., que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de FERTILIZANTES PISUERGA, S.L., Sociedad Unipersonal.

El acuerdo de fusión ha sido aprobado en los términos previstos en el Proyecto Común de Fusión, que fue depositado en el Registro Mercantil de Valladolid, correspondiente a las sociedades absorbida y absorbente, con fecha 3 de julio de 2015.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de Fusión de cada una de las mencionadas sociedades, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Igualmente, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles durante un plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión.

La Cistérniga (Valladolid), 9 de julio de 2015.- El representante persona física de Heriberto Miguel, S.L., Administrador único de HERMI GESTIÓN, S.L., y Administrador único de FERTILIZANTES PISUERGA, S.L., Sociedad Unipersonal, Santiago Miguel Casado.

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