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Documento BORME-C-2015-7906

GRUPO CORPORATIVO FUERTES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INFU-CAPITAL, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 135, páginas 9391 a 9392 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-7906

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales (en adelante, la "LME"), se hace público que en sede de Junta General Ordinaria y Universal de la sociedad Grupo Corporativo Fuertes, S.L. (Sociedad Absorbente), con fecha 30 de junio de 2015, y por Decisión del Accionista Único de Infu-Capital, S.A.U., en esa misma fecha, se acordaron por sendas sociedades, y por unanimidad de los socios y accionista, titulares del 100% del capital social de ambas, la fusión por absorción de Infu-Capital, S.A.U. (Sociedad Absorbida), por parte de la sociedad Grupo Corporativo Fuertes, S.L. (Sociedad Absorbente).

De esta manera Infu-Capital, S.A.U. (Sociedad Absorbida), se integrará en Grupo Corporativo Fuertes, S.L. (Sociedad Absorbente), la cual adquirirá por sucesión universal el patrimonio de Infu-Capital, S.A.U. (Sociedad Absorbida), subrogándose en todos los derechos y obligaciones de esta última, la cual se extinguirá mediante su disolución sin liquidación.

El acuerdo de fusión ha sido acordado conforme al Proyecto Común de Fusión de 30 de junio de 2015, el cual, de conformidad con el artículo 30.1 de la LME, ha sido redactado y suscrito por todos y cada uno de los miembros de los Órganos de Administración de las dos sociedades que participan en la fusión.

El depósito del Proyecto en el Registro Mercantil y su posterior publicación no son preceptivos en el presente caso, en virtud de lo indicado en el artículo 42 de la referida LME.

Así pues, ambas sociedades, aprobaron el mismo día 30 de junio de 2015, sendos acuerdos de fusión, y también se aprobó de forma expresa el citado Proyecto Común de Fusión, así como los Balances de Fusión de ambas sociedades, cerrados respectivamente a 31 de diciembre de 2014.

La citada fusión se realiza de conformidad a lo previsto en los artículos 49.1 y 42 de la LME. Se hace constar que Grupo Corporativo Fuertes, S.L. (Sociedad Absorbente): (i) es titular de forma directa, de las acciones representativas del 100% del capital social de Infu-Capital, S.A.U. (Sociedad Absorbida), por lo que esta última sociedad está íntegramente participada por aquélla y, en consecuencia, no procede aumento de capital social en Grupo Corporativo Fuertes, S.L. (Sociedad Absorbente),ni la creación de nuevas participaciones sociales en Grupo Corporativo Fuertes, S.L. (Sociedad Absorbente), ni canje de ninguna clase, ni compensación complementaria en dinero; (ii) no se efectuará modificación estatutaria alguna en la Sociedad Absorbente, por lo que los actuales Estatutos Sociales de la Sociedad Absorbente permanecerán inalterables, no viéndose afectados por la fusión; (iii) la estructura del Órgano de Administración de la Sociedad Absorbente tras la fusión permanecerá inalterable, esto es, la Sociedad Absorbente estará representada y administrada por su actual Consejo de Administración, integrado por los siguientes seis miembros: Don Tomás Fuertes Fernández, Don José Fuertes Fernández y Doña Juana Fuertes Fernández, (iv) la fecha a partir de la cual las operaciones de la Sociedad Absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad Absorbente, es el uno de enero de 2015; (v) no se atribuye ningún tipo de ventajas en la Sociedad Absorbente, a los miembros de los Órganos de Administración de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, respectivamente; (vi) no existirá en la Sociedad Absorbente, titulares de participaciones privilegiadas, ni de derechos especiales, ni de opciones de ninguna clase, distintos de los que concede la cualidad de socio y; (vii) la Sociedad Absorbente se subrogará en todos y cada uno los derechos y obligaciones de índole laboral de la Sociedad Absorbida.

Por último, de conformidad con los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar:

El derecho que asiste a los socios y acreedores de las dos sociedades que participan en la fusión, de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión, así como del Balance de Fusión.

El derecho de oposición a la fusión que asiste a los acreedores de las dos sociedades que participan en la fusión, y ello dentro del mes siguiente contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Alhama de Murcia, 30 de junio de 2015.- Tomás Fuertes Fernández, Presidente de Grupo Corporativo Fuertes, S.L. y Presidente de Infu-Capital, S.A.U.; José Fuertes Fernández, Secretario de Grupo Corporativo Fuertes, S.L. y Vocal de Infu-Capital, S.A.U.; Juan Fuertes Fernández, Vocal de Grupo Corporativo Fuertes, S.L.; y Juana Fuertes Fernández, Vocal de Infu-Capital, S.A.U.

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