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Documento BORME-C-2015-7785

EUROESPES BIOTECNOLOGÍA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 131, páginas 9254 a 9254 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2015-7785

TEXTO

Anuncio de reducción de capital social

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria de accionistas de Euroespes Biotecnología, S.A. con fecha 29 de junio de 2015, acordó por unanimidad reducir el capital social en la suma total y conjunta de 2.412.601 euros, con la finalidad de reestablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio disminuido por pérdidas mediante la reducción del valor nominal de las acciones en la mitad de su importe.

Consecuentemente a tal acuerdo las acciones de la sociedad correspondientes a la serie A pasan a tener un valor nominal de cincuenta céntimos de euro (0,50 €) y las correspondientes a la serie B pasan a tener un valor de diecisiete euros (17 €).

Ha quedado modificado el artículo 5.º de los estatutos sociales relativo al capital social quedando redactado de la siguiente manera:

"El capital social se fija en dos millones cuatrocientos doce mil seiscientos un euros (2.412.601) dividido en tres millones doscientas cincuenta y ocho mil quinientas noventa y tres acciones (3.258.593) numeradas de la una a la tres millones doscientas cincuenta y ocho mil quinientas noventa y tres, todas ellas de igual valor perteneciendo a dos series distintas

Serie A: número 1 a 60.105 ambas inclusive y 107.579 a 3.258.593 ambas inclusive con un valor nominal unitario de cincuenta (50) céntimos de euro.

Serie B: número 60.106 a 107.578, ambas inclusive, con un valor nominal unitario de diecisiete (17) euros.

El capital está íntegramente desembolsado.

Las acciones están representadas por títulos que podrán ser unitarios o múltiples"

Los acreedores de la sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán derecho a oponerse a la reducción de capital señalada, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de reducción del capital social, de conformidad con lo establecido en los artículos 334 y 336 de la LSC.

Bergondo, 29 de junio de 2015.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración, Francisco Javier Casal Llorente.

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