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Documento BORME-C-2015-7604

EMPRESA MUNICIPAL DE MITJANS DE COMUNICACIÓ
DE TARRAGONA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 126, páginas 9049 a 9049 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2015-7604

TEXTO

A efectos de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General reunida con carácter de universal de la "Empresa Municipal de Mitjans de Comunicació de Tarragona, S.A." (en adelante, "EMMCT, S.A.") celebrada el pasado 24 de abril de 2015 y aprobada la acta el día 10 de junio de 2015, bajo el punto tercero de su orden del día, por unanimidad del socio único Ayuntamiento de Tarragona, el acuerdo de reducir el capital social de la Sociedad con la finalidad de compensar pérdidas mediante la disminución del valor nominal de las acciones de EMMCT, S.A., y la consiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales.

El importe de la reducción asciende a la cifra de 405.309,34 euros, es decir, desde los 791.543,34 euros anteriores a 386.234,00 euros, mediante el incremento del valor nominal de cada una de las acciones, pasando de los 601,02 euros actuales a los 1.931,17 euros cada una, y la reducción del número de acciones de las 1.317 actuales a 200.

La finalidad de la reducción de capital es cumplir lo establecido en el artículo 327 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, según el cual la Sociedad ha de reducir el capital dado que el patrimonio neto es inferior a las dos terceras partes del capital. Esta obligación se originó a partir de las pérdidas generadas en el año 2011 sin que se hubiere recuperado en los ejercicios siguientes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital, la presente reducción de capital toma como referencia el balance de la sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2014 aprobado por la citada Junta General y sometido a la verificación del auditor de cuentas de la sociedad, a saber, la firma Faura Casas, según resulta del informe de auditoría y del informe favorable del Servicio de Control y Estudios Económicos de la Intervención Municipal. Dicho balance e informe del auditor se incorporarán a la escritura pública de reducción de capital.

En virtud del artículo 335.a) de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital.

A la vista de lo anterior, se acordó modificar el artículo 5 de los estatutos sociales.

Este anuncio se publica también en la página web corporativa de la sociedad.

Tarragona, 29 de junio de 2015.- Secretaria delegada del Consejo de Administración.

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