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Documento BORME-C-2015-4584

COMPAÑÍA DE VEHÍCULOS CTM, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
COMPAÑÍA DE VEHÍCULOS DISCRECIONALES CTM, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 92, páginas 5550 a 5550 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-4584

TEXTO

A tenor de lo establecido en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), por remisión del artículo 73.1, se hace público que, mediante decisión de la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad mercantil Compañía de Vehículos CTM, S.L. adoptada con fecha 7 de mayo de 2015, se ha acordado llevar a cabo la escisión parcial de la entidad y la constitución de la nueva sociedad mercantil denominada Compañía de Vehículos Discrecionales CTM, S.L., de conformidad con el proyecto de escisión fechado a 20 de abril de 2015, depositado en el Registro Mercantil de Cádiz, transmitiendo en bloque a la nueva sociedad mercantil las unidades económicas constituidas por los activos y pasivos asignados a la explotación del contrato administrativo para la prestación del servicio de transporte público urbano de la localidad de Los Barrios y la explotación mediante contratos privados de todo tipo de servicios de transporte discrecional y regular de uso especial, los cuales han sido valorados en la suma de 267.322,80 euros. De esta forma, se reduce el capital social de Compañía de Vehículos CTM, S.L. en 25.000 euros, hasta fijarlo en la suma de 25.000 euros y se detraerán 242.322,80 euros de reservas, constituyéndose la entidad mercantil Compañía de Vehículos Discrecionales CTM, S.L. con un capital social de 3.000 euros y una prima de asunción de 264.322,80 euros, representado por 3.000 participaciones, de igual clase y serie, siendo todas las participaciones asignadas a los socios de la sociedad escindida en proporción a su participación en la misma. Debido a que se ha seguido el procedimiento establecido en el artículo 78 bis de la LME, no se ha utilizado en la operación balance de escisión. En consecuencia, se procederá a la correspondiente modificación del artículo 5 de los Estatutos sociales de Compañía de Vehículos CTM, S.L., que quedará redactado en la forma siguiente: "Artículo 5.º: El capital social de esta compañía es de veinticinco mil euros (25.000 €), hallándose dividido en veinticinco participaciones iguales de mil euros de valor nominal cada una de ellas, acumulables e indivisibles y numeradas correlativamente del uno al veinticinco, ambos inclusive totalmente suscritas y desembolsadas".

Por medio del presente se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores, de conformidad con el artículo 43.1 de la citada Ley por remisión del 73.1, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores. En particular, dentro del plazo de un mes, contando desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión parcial, los acreedores de la sociedad que se escinde podrán oponerse a la misma en los términos del artículo 44 de la Ley.

Algeciras (Cádiz), 8 de mayo de 2015.- El Administrador único de "Compañía de Vehículos CTM, S.L.", don Gregorio Ruiz Moreno.

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