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Documento BORME-C-2015-4407

PÉREZ URRUTI, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 91, páginas 5352 a 5353 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2015-4407

TEXTO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de la sociedad PÉREZ URRUTI, S.A., celebrada el pasado día veintinueve de abril de dos mil quince, acordó reducir el capital social desde la cifra de 144.240 €, a la cifra de 118.036,40 €, mediante la amortización de 2.180 acciones que posee la sociedad en autocartera con un valor nominal de 12,02 € por acción y que fueron adquiridas en base a lo autorizado en su momento por la Junta General de accionistas, todo ello mediante la adopción, por unanimidad, del siguiente acuerdo de reducción de capital social que a continuación se transcribe:

"Acuerdo primero. Reducción de capital social:

Reducir el capital social desde la cifra de 144.240 € a la cifra de 118.036,40 €, mediante la amortización de 2.180 acciones que posee en autocartera con un valor nominal de 12,02 € por acción.

La Sociedad es titular de 2.180 acciones nominativas de la compañía mercantil PÉREZ URRUTI, S.A., números 1 al 28, de la 29 al 42, de la 243 al 442, de la 943 al 972, de la 982 al 1.010, de la 1.051 al 1.158, de la 1.501 al 1.558, de la 1.599 al 1.638, de la 1.801 al 1.852, de la 2.009 a la 2.105, de la 2.106 al 2.225, de la 2.283 al 2.312, de la 2.313 al 2.397, de la 2.398 al 2.594, de la 2.620 a la 2.622, de la 3.403 al 3.768, de la 3.769 a la 4.139, de la 4.703 al 4.954, y de la 11.901 a la 12.000, con un valor nominal de 12,02 € cada una de ellas.

Estas acciones fueron adquiridas para su autocartera mediante acuerdos de la Junta General y en virtud de las escrituras públicas de compraventa otorgadas ante el Notario de Ronda don Vicente Piñero Valverde, el día 14 de noviembre de 2014, número 2.104 de protocolo, y la Notario de Madrid doña Alaitz Álvarez de Zuriarrain, el día 16 de abril de 2015, número 493 de protocolo.

Tras la lectura del informe presentado por el Consejo de Administración de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital, sobre justificación de la reducción del capital social por amortización de autocartera, el Consejo de Administración propone a la Junta General de Accionistas una reducción de capital mediante la amortización de las acciones propias que posee la sociedad en autocartera, cuyos datos e importes son los señalados anteriormente.

La reducción no entraña devolución de aportaciones por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas. Por tanto, la finalidad de la mencionada reducción será amortizar acciones propias.

Por la diferencia entre el importe total pagado en la adquisición y el nominal de las acciones adquiridas se procederá a disminuir las Reservas Voluntarias en la cuantía de 247.236,40 €.

Con el objeto de no aplicar el derecho de oposición que se contempla en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital y en aplicación del artículo 335 c) de ese mismo Texto Legal, el importe del valor nominal de las acciones amortizadas se destinará a una reserva por capital amortizado de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del Capital Social.

Asimismo propone facultar al Consejo de Administración o al Consejero-Delegado, para la ejecución del presente acuerdo, pudiendo determinar aquellos extremos que no hayan sido fijados expresamente en el presente acuerdo y adoptar los acuerdos y realizar cuantos trámites, gestiones y autorizaciones sean necesarios para la completa ejecución del presente acuerdo.

Se somete a votación la Reducción de Capital Social por amortización de acciones propias en las condiciones expuestas, aprobándose por unanimidad de los asistentes presentes en la Junta General que representan la totalidad de los accionistas afectados."

Ronda, 6 de mayo de 2015.- El Secretario del Consejo de Administración.

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