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Documento BORME-C-2015-422

GRUPDYLAR, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
DISBUCHER 12530, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 16, páginas 470 a 470 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-422

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Universal de la sociedad Grupdylar, S.L., celebrada el día 15 de enero de 2015 acordó por unanimidad de los asistentes la escisión parcial de la Sociedad, que traspasará, sin extinguirse, la unidad económica autónoma consistente en la compraventa y arrendamiento, excepto el financiero, de inmuebles a favor de la sociedad de nueva creación denominada Disbucher 12530, S.L. (sociedad beneficiaria), quien adquirirá por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicha unidad económica, en los términos y condiciones que se detallan en el acuerdo adoptado.

Como consecuencia de la escisión parcial, Grupdylar, S.L., reducirá su capital social en la cantidad de 311.200 €, mediante la amortización de 311.200 participaciones sociales representativas de dicho capital social, de 1,00 € de valor nominal cada una de ellas.

Se hace constar conforme a lo establecido en los artículos 42, 73 y 78 bis de la Ley 3/2009, de 3 abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, y teniendo en cuenta que las sociedades participantes no son sociedades anónimas ni comanditarias por acciones y el acuerdo de escisión ha sido aprobado por unanimidad, que no procede la aplicación de las normas generales sobre el Proyecto y el Balance de Escisión que se establecen en las secciones segunda y tercera del Captulo I de la Ley 3/2009 ya referida.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la citada Ley de Modificaciones Estructurales se hace constar expresamente, asimismo, el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado y del balance de escisión, y a oponerse a la misma en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial.

Burriana (Castellón), 15 de enero de 2015.- María Asunción Ninot Vicent, Administradora única.

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