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Documento BORME-C-2015-20

TALLER MECÁNICO TXINDOKI, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
GRUPO ISYE, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 1, páginas 21 a 21 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-20

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

De acuerdo con lo dispuesto en los arts. 43.1 y 73.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal, de la sociedad "Taller Mecánico Txindoki, S.L.U." en fecha 10 de noviembre de 2014 ha adoptado, por unanimidad, el acuerdo de escisión parcial de la sociedad "Taller Mecánico Txindoki, S.L.U.", mediante la transmisión de una rama de actividad, consistente en la Investigación y Análisis de oportunidades de negocio, Creación y Lanzamiento de nuevas empresas, Control y soporte de gestión de las empresas participadas u otras, Prestación de servicios de Ingeniería y otros servicios técnicos, Realización de labores comerciales, Obtención de financiación y apoyo financiero a las empresas participadas u otras, elaboración de planes de negocio, estudios de viabilidad, análisis de mercados, servicios de soporte administrativo y control de gestión, elaboración de planes estratégicos, y en general favorecer y participar en el desarrollo empresarial, la cual forma una unidad económica autónoma, a una sociedad (sociedad beneficiaria de nueva creación) denominada "Grupo Isye, S.L.U."

Se informa que dicha escisión se realiza con cargo a reservas y, por lo tanto, sin que se produzca reducción de capital social de "Taller Mecánico Txindoki, S.L.U."

Se cumplen en el presente caso los requisitos exigidos en el artículo 42 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73 del mismo texto legal, para llevar a cabo la operación de escisión parcial mediante el procedimiento simplificado.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, y el Balance de escisión, aprobados por unanimidad, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión parcial, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión que a los mismos hace el artículo 73 de la citada Ley.

Igualmente se hace constar que la escisión parcial se acogerá al régimen especial establecido en el Capitulo VII de la Norma Foral 2/2014, de 17 de enero, sobre Impuesto de Sociedades del Territorio Histórico de Guipúzcoa.

Lazkao, 22 de diciembre de 2014.- Don Mikel López Iraola, Administrador único de la sociedad parcialmente escindida "Taller Mecánico Txindoki, S.L.U.".

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