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Documento BORME-C-2015-11034

WERFEN ESPAÑA, S.A.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
WERFEN HOLDING, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 12968 a 12968 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-11034

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el Accionista Único de Werfen España, S.A., Sociedad Unipersonal, Sociedad Escindida, en fecha 17 de noviembre de 2015 ha acordado una escisión parcial que supone la transmisión en bloque y por sucesión universal de la denominada "Cartera de IVD" de la Sociedad Escindida que está formada por la titularidad de las acciones o participaciones que la Sociedad Escindida posee en determinadas sociedades, en favor de la sociedad de nueva creación que se denominará Werfen Holding, S.L.U., Sociedad Beneficiaria, todo ello en los términos del proyecto de escisión parcial de fecha 17 de junio de 2015.

Como consecuencia de la escisión parcial de Cartera de IVD la Sociedad Escindida ha acordado reducir sus fondos propios en la cuantía de 582.151.918,57 euros, reduciendo su capital social en la cuantía de 12.991.155,90 euros (mediante la amortización de 216.159 acciones, de 60,10 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 307.457 a la 523.615 ambas inclusive) y sus reservas en la cuantía de 569.160.762,67 euros, aportándose a la Sociedad Beneficiaria que constará de unos fondos propios de 582.151.918,57.

Se hace constar el derecho de los accionistas y de los acreedores de las sociedades participantes en la escisión parcial, a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como el derecho de oposición a la escisión parcial y consiguiente reducción de capital social que, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, asiste a los acreedores en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la LME.

L'Hospitalet de Llobregat,, 17 de noviembre de 2015.- Jorge Rubiralta Giralt, Administrador único de la Sociedad Escindida.

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