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Documento BORME-C-2015-10682

VELA ENERGY SOLAR ACULA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SOLAR DE ACULA 1, S.L.
SOLAR DE ACULA 2, S.L.
SOLAR DE ACULA 3, S.L.
SOLAR DE ACULA 4, S.L.
SOLAR DE ACULA 5, S.L.
SOLAR DE ACULA 6, S.L.
SOLAR DE ACULA 7, S.L.
SOLAR DE ACULA 8, S.L.
SOLAR DE ACULA 9, S.L.
SOLAR DE ACULA 10, S.L.
SOLAR DE ACULA 11, S.L.
SOLAR DE ACULA 12, S.L.
SOLAR DE ACULA 13, S.L.
SOLAR DE ACULA 14, S.L.
SOLAR DE ACULA 15, S.L.
SOLAR DE ACULA 16, S.L.
SOLAR DE ACULA 17, S.L.
SOLAR DE ACULA 18, S.L.
SOLAR DE ACULA 19, S.L.
SOLAR DE ACULA 20, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 217, páginas 12568 a 12568 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-10682

TEXTO

Anuncio de fusión de las sociedades.

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedad mercantiles ("Ley 3/2009"), se hace constar que el día 2 de noviembre de 2015, el socio único de Vela Energy Solar Acula, S.L. (Sociedad Absorbente) (artículo 42.1 de la Ley 3/2009) aprobó la fusión de esta sociedad con las Sociedades Absorbidas reseñadas por medio de la absorción de estas últimas por parte de su socio único, la compañía Vela Energy Solar Acula, S.L. (Sociedad Absorbente), con transmisión a título universal del patrimonio íntegro de las mencionadas Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente, y con disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, todo ello en los términos exactos del Proyecto de Fusión suscrito el 2 de noviembre de 2015 por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los domicilios sociales de las entidades intervinientes.

Se hace constar, asimismo, el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a oponerse a la misma, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

En Madrid a, 10 de noviembre de 2015.- Administrador Único de la Sociedad Absorbente, Vela Energy Power España I, BV, S.L., y Administrador Único de las Sociedades Absorbidas, Vela Energy Solar Acula, S.L., representadas ambas por D. Iñigo Olaguibel Amich.

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