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Documento BORME-C-2015-10653

ALN DISTRIBUCIÓN DE TIENDAS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NOVENTIA BPO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 217, páginas 12533 a 12533 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-10653

TEXTO

ALN Distribución de Tiendas, S.L.U, domiciliada en León, Calle Ramiro Valbuena, número 8, CP: 24002, con CIF B-24559526 y constituida por tiempo indefinido el día 23 de diciembre de 2013, mediante escritura pública otorgada ante D. Jesús Franch Valverde, Notario del Ilustre Colegio de León, bajo su número de protocolo ochocientos noventa e inscrita en el Registro Mercantil de León al Tomo1267, Folio 181, Hoja LE- 22.644 y "NOVENTIA BPO, S.L.U., domiciliada en Gijón, con CIF B-52514684, provincia de Asturias, avenida Jardín Botánico, numero 1345, Parque tecnológico de Gijón, zona Intra, constituida por tiempo indefinido mediante escritura autorizada por el Notario de Gijón, D. Carlos León Matorras., el día 7 de enero de 2014, bajo el número de orden de su protocolo 16. Inscrita en el Registro Mercantil de Gijon Tomo 4071, Folio 54, Hoja AS- 43338 anuncian:

Que el día 7 de julio de 2015 las Juntas Generales de ambas sociedades, con carácter de Universal y al ser la segunda íntegramente participada por la primera, tomaron por unanimidad el acuerdo de fusión realizado por los administradores por el que se absorbe en bloque por la mercantil ALN Distribución de Tiendas, S.L.U., la sociedad NOVENTIA BPO, S.L.U.

La sociedad absorbida es unipersonal y su socio único es la sociedad absorbente por lo que no se establece relación de canje de participaciones. Los efectos contables de la fusión se retrotraerán al 1 de enero de 2015.

Dicha operación se acogerá al Régimen Fiscal previsto en el Capítulo VIII, Título VIII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto Sobre Sociedades.

En el domicilio social se encuentra a disposición de los socios y acreedores el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, con los datos relativos a la misma y las sociedades implicadas.

Conforme a las disposiciones de la Ley de Sociedades de Capital y legislación concordante, la fusión no se inscribirá al menos en un mes, contado desde la fecha del último de los anuncios de estos acuerdos. Durante este plazo los socios y acreedores de la sociedad que se escinde podrán oponerse a la fusión.

León, 7 de octubre de 2015.- D. José Ángel Crego Rodríguez, como persona física designada por el Administrador Único ALN TELEMARK, S.L.

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