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Documento BORME-C-2015-10352

NAVASAN, S.A.U.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
B.J. JUEGOS DE AZAR, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 211, páginas 12197 a 12197 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-10352

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales, se hace público que las Juntas Generales extraordinarias y universales de las mercantiles NAVASAN, S.A.U. (sociedad parcialmente escindida) y B.J. JUEGOS DE AZAR, S.L (sociedad beneficiaria), celebradas ambas el día 30 de junio de 2015, aprobaron, respectivamente y por unanimidad, la escisión parcial, en los términos previstos en los artículos 68.1.2ª y 70 de la Ley 3/2009, de una parte del patrimonio de NAVASAN, S.A.U. a favor de la mercantil B.J. JUEGOS DE AZAR, S.L. quien adquirirá en bloque y por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido.

Se hace constar el Derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión, así como el Derecho de oposición que corresponde a los acreedores, todo ello, en los términos establecidos en el artículo 43 y concordantes de la Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Pamplona, 30 de junio de 2015.- La Administradora única –común- de las mercantiles NAVASAN, S.A.U. y B.J. JUEGOS DE AZAR, S.L., Ana Isabel Fernández Apaolaza.

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