De conformidad con lo establecido en el artículo 73 y siguientes de la Ley 3/2009, se hace público que la entidad mercantil Uneral Energía, S.L., en el ejercicio de las competencias propias de la Junta General, aprobó la operación de escisión parcial, que reduce su capital y transmite en bloque a la entidad ALLIAL, S.L., beneficiaria de la escisión, la rama de actividad definida en el previo proyecto depositado en el Registro Mercantil, por lo que se subroga en los derechos y obligaciones de la entidad escindida sobre el patrimonio recibido.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2.009, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, y que asimismo a los acreedores de la sociedad les asiste el derecho de oposición a la escisión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados.
Telde, 21 de octubre de 2015.- El Administrador único, Félix Alberto Machín Carreño.
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