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Documento BORME-C-2015-10104

COMPAÑÍA DEL TRÓPICO DE CAFÉ Y TÉ, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SALMANECO, S.L.U.
CAFÉ Y TÉ DEL SUR, S.L.U.
CAPITÁN COOK, S.L.U.
PASTELERÍAS FLORIDA, S.A.U.
RON UTRERA, S.L.U.
HOSCAFVALENCIA, S.L.U.
NAVARCAF, S.L.U.
PANA-ROM, S.L.U.
PAN Y BOLLERÍA ARTESANAL DE PANARIA, S.L.U.
EXPANSIÓN DE FRANQUICIAS, S.L.U.
FRANQUICIAS BOCADOS, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 11919 a 11919 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-10104

TEXTO

Conforme a lo dispuesto en los artículos 42 y 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que los socios únicos de las Sociedades Absorbente y Absorbidas (definidas a continuación) han acordado de forma unánime en fecha 26 de octubre de 2015, que Compañía del Trópico de Café y Té, S.L.U. (en adelante, "Sociedad Absorbente") absorba por un lado a su socio único, Salmaneco, S.L.U. (en adelante, "Sociedad Absorbida Matriz") y por el otro, a sus sociedades filiales Café y Té del Sur, S.L.U.; Capitán Cook, S.L.U.; Pastelerías Florida, S.A.U.; Ron Utrera, S.L.U.; Hoscafvalencia, S.L.U.; Navarcaf, S.L.U.; Pana-Rom, S.L.U.; Pan y Bollería Artesanal de Panaria, S.L.U.; Expansión de Franquicias, S.L.U., y Franquicias Bocados, S.L.U. _indirectamente_ (en adelante, "Sociedades Absorbidas Filiales").

La fusión se efectuará mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de las Sociedades Absorbidas Filiales y Matriz a favor de la Sociedad Absorbente, quien adquirirá por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de las mismas, siguiendo el procedimiento de los artículos 49 y 52 de la LME, y en los términos establecidos en el proyecto común de fusión aprobado por el órgano de administración de las sociedades participantes el 29 de junio de 2015. Como consecuencia de ello, se procederá a la disolución y extinción jurídica de las Sociedades Absorbidas Matriz y Filiales.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, junto con los respectivos balances de fusión en el domicilio social de las mismas, así como el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, conforme a lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Barcelona, 26 de octubre de 2015.- Cada día desde Cero, S.L.U., y HIG Holdco 1, S.L., representadas por D. Antonio Jesús Pérez Jiménez y D. Leopoldo Reaño Costales, respectivamente, en su condición de Administradores mancomunados de todas las sociedades participantes en la fusión.

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