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Documento BORME-C-2015-10087

INVERSORA PORTICHOL, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
CORPORACIÓN EMPRESARIAL CAÑAMEL, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA Y SIMULTÁNEAMENTE SOCIEDAD ABSORBIDA)
ALQUILERES CAÑAMEL, S.L.U.
(SOCIEDAD OBJETO DE LA ESCISIÓN Y A LA VEZ SOCIEDAD ABSORBENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 204, páginas 11901 a 11901 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2015-10087

TEXTO

De conformidad con los artículos 73.1. y 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME) se hace público que el 31 de julio del 2015, la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad escindida ha aprobado por unanimidad su Escisión Parcial a favor de la sociedad beneficiaria (la "Escisión") que se constituirá en unida de actos con la elevación a público de la escisión, en los términos establecidos en el Proyecto Común de Escisión Parcial y simultáneamente Fusión por Absorción de fecha del 31 de julio del 2.015

La Escisión implica el traspaso en bloque por sucesión Universal, de una parte del patrimonio de la sociedad escindida, consistente en una unidad económica constituida por el 100,00% de la sociedad ALQUILERES CAÑAMEL, S. L. U., a favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación CORPORACIÓN EMPRESARIAL CAÑAMEL, S. L., recibiendo los socios de la sociedad escindida un número de participaciones sociales en la sociedad beneficiaria proporcional a su respectiva participación en la sociedad escindida, reduciendo ésta, su capital social y sus reservas disponibles en la cuantía correspondiente.

Así mismo de acuerdo con el artículo 43 LME, se hace público que el 31 de julio del 2015, la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la sociedad absorbente, ALQUILERES CAÑAMEL, S. L. ha aprobado por unanimidad la simultánea Fusión por Absorción Inversa (la "Fusión"), entre la sociedad absorbente y su socio único, la sociedad absorbida (CORPORACIÓN EMPRESARIAL CAÑAMEL, S. L.), en los términos establecidos en el Proyecto. Se deja constancia expresa de que la Fusión se lleva a cabo de conformidad con los artículos 52.1, 49.1.4.º y 42 LME.

La Fusión implicará la extinción de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque del patrimonio referido a la sociedad absorbente, que lo adquiere por sucesión universal

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión y posterior Fusión simultánea, el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión y fusión adoptados por la sociedad de las que sean socios o acreedores, así como el Balance de escisión y de fusión, y a los acreedores que estén en el caso del artículo 44 de la LME el de oponerse a la escisión y fusión, con los efectos legales previstos, en el plazo de un mes desde el último anuncio

Madrid, 5 de agosto de 2015.- Doña María Luisa Puchol Requeni Presidenta del Consejo de Administración de la sociedad escindida, y don Rodrigo Marchal Puchol, doña Patricia Marchal Puchol y doña María Luisa Puchol Requeni, Administradores Solidarios indistintos de la sociedad absorbente.

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