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Documento BORME-C-2015-10065

GRUPO ARBULU, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LIUNIASKI, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 204, páginas 11879 a 11879 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-10065

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de Liuniaski, Sociedad Limitada y la Junta General extraordinaria y universal de socios de Grupo Arbulu, Sociedad Limitada, celebradas ambas el 22 de octubre de 2015, aprobaron cada una de ellas, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Grupo Arbulu, Sociedad Limitada de Liuniaski, Sociedad Limitada, con extinción de esta última que quedará disuelta, sin necesidad de liquidación, y traspaso en bloque, a titulo universal, de su patrimonio a Grupo Arbulu, Sociedad Limitada, en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por el órgano de administración de las sociedades intervinientes.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 23 de octubre de 2015.- Ignacio Arbulu Barquín, Administrador único de Grupo Arbulu, Sociedad Limitada, así como Administrador solidario de Liuniaski, Sociedad Limitada.

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