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Documento BORME-C-2015-10017

MONTFRISA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MONTFRISA VIGO, S.A.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 203, páginas 11822 a 11822 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-10017

TEXTO

Anuncio de Fusión por Absorción.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada con carácter universal de MONTFRISA, S.A. el día 14 de octubre de 2015, acordó por unanimidad la fusión por absorción de MONTFRISA VIGO, S.A. con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de la entidad absorbida, que se extinguirá, mediante la disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la entidad absorbente, todo ello en los términos del proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades el 30 de junio de 2015, depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y Pontevedra, por los Administradores Mancomunados de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobado por la junta General de la sociedad absorbente.

La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos Balances de fusión de 31 de diciembre de 2014, sin modificaciones de capital, y sin conceder ventajas especiales a los miembros de los órganos de administración, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la sociedad absorbida. Las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas a efectos contables, por cuenta de la absorbente a partir del 14 de octubre de 2015.

La fusión tiene el carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida está íntegramente participada por la sociedad absorbente y, de conformidad con el artículo 49.1 de la mencionada ley, no procede ampliar el capital social de ésta última, ni la aprobación de la fusión por la junta general de la sociedad absorbida, ni la elaboración de los informes de los Administradores ni de los expertos sobre el proyecto de fusión, ni tampoco incluir en el mismo las menciones 2ª, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 de la citada ley.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectas, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión de ambas sociedades, en el domicilio social de dichas entidades y que asimismo a los acreedores de las sociedades fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos.

Getafe, 15 de octubre de 2015.- Por el órgano de Administración de MONTFRISA, S.A. Dña. Mª Teresa Sánchez del Río y D. Leonardo Sánchez del Río, Administradores Mancomunados. Por el órgano de Administración de MONTFRISA VIGO, S.A. Unipersonal, Dña. Mª Teresa Sánchez del Río y D. Leonardo Sánchez del Río, Administradores Mancomunados.

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