En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el 1 de septiembre de 2014, el Socio Único de Leireniu XXI, Sociedad Limitada Unipersonal, y la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Anella XXI, Sociedad Limitada, esta última por unanimidad, decidieron y acordaron, respectivamente, la fusión por absorción de la sociedad Leireniu XXI, Sociedad Limitada Unipersonal, por parte de Anella XXI, Sociedad Limitada.
Asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
Barcelona, 1 de septiembre de 2014.- El Administrador Solidario de Leireniu XXI, Sociedad Limitada Unipersonal, y de Anella XXI, Sociedad Limitada, Juan Camprubí Potau.
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