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Documento BORME-C-2014-9861

BOSTUBIDE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NYARA WORD, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
ALBISZ BILBAO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ELABORACIÓN DE PROYECTOS TÉCNICOS, S.L.U.
ALDAMIZ, SAU, SURITO XXI, S.L.
VERGESTIÓN, S.A.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 163, páginas 11294 a 11295 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-9861

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que, de un lado, las Juntas generales extraordinarias de socios de BOSTUBIDE, S.L. (Sociedad Absorbente) y NYARA WORD, S.L. (Sociedad Absorbida) y, de otro, cada uno de los socios únicos o, en su caso, Junta general extraordinaria de socios, de ALBISZ BILBAO, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y ELABORACIÓN DE PROYECTOS TÉCNICOS, S.L.U., ALDAMIZ, S.A.U., SURITO XXI, S.L. y VERGESTIÓN, S.A.U. (Sociedades Absorbidas) han decidido aprobar con fecha 28 de julio de 2014, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la LME aplicable por remisión del artículo 52.1 de la LME ("absorción asimilada a la absorción de sociedades íntegramente participadas"), sendas operaciones de fusión simultáneas conforme a un único proyecto de fusión común. Así, en virtud de la operación de fusión de BOSTUBIDE, S.L. y NYARA WORD, S.L. se procede a la absorción de ésta última por la primera mediante su extinción sin liquidación con la transmisión en bloque y a título universal de la totalidad de su patrimonio social, entre el que se encuentran la totalidad de las participaciones sociales en que se divide el capital social de ALBISZ BILBAO, S.L.U., quedando BOSTUBIDE, S.L. subrogada en la titularidad de todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones de NYARA WORD, S.L.. Al mismo tiempo, en unidad de acto, las referidas juntas generales y socios únicos han acordado la operación de fusión de ALBISZ BILBAO, S.L.U., ELABORACIÓN DE PROYECTOS TÉCNICOS, S.L.U., ALDAMIZ, S.A.U., SURITO XXI, S.L. y VERGESTIÓN, S.A.U., en virtud de la cual se procede a la absorción de las cuatro últimas mediante su extinción sin liquidación con la transmisión en bloque y a título universal de la totalidad de sus patrimonios sociales a ALBISZ BILBAO, S.L.U., la cual quedará subrogada en la titularidad de todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones de aquéllas.

Se hace constar que BOSTUBIDE, S.L. ostenta la titularidad, de manera directa o indirecta, de la totalidad de las participaciones sociales o acciones que integran el capital social de ELABORACIÓN DE PROYECTOS TÉCNICOS, S.L.U., ALDAMIZ, S.A.U., SURITO XXI, S.L. y VERGESTIÓN, S.A.U., deviniendo asimismo en socio único de ALBISZ BILBAO, S.L.U. en virtud de la primera operación de fusión por absorción referida con anterioridad.

Las anteriores operaciones se realizan con arreglo a los términos del Proyecto Común Único de Fusión por absorción asimilada a la absorción de sociedades íntegramente participadas que comprende la ejecución simultánea de ambas fusiones, formulado conjuntamente por la totalidad de los administradores de todas las sociedades intervinientes referidas con fecha 28 de julio de 2014 y aprobado con idéntica fecha por las respectivas juntas universales y socios únicos de la totalidad de las sociedades.

Los acuerdos de fusión han sido adoptados en junta universal de socios de las sociedades intervinientes, por unanimidad, o, en su caso, por los socios únicos de las mismas, resultando por tanto de aplicación la previsión del artículo 42 de la LME.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en las fusiones a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión a oponerse a las mismas durante el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en los artículos 43 y 44 de la LME.

En Bilbao (Bizkaia), 29 de julio de 2014.- D.ª Ane y D.ª Ainara Elgoibar Aguirrebengoa, administradoras solidarias de Bostubide, S.L., Nyara Word, S.L., Albisz Bilbao, S.L.U. y Elaboración de Proyectos Técnicos, S.L.U.; D.ª Ainara Elgoibar Aguirrebengoa, administradora única de Aldamiz, S.A.U.; D. José Luis Elgoibar Zubieta, administrador único de Surito XXI, S.L., y D. Juan González Molino, administrador único de Vergestión, S.A.U.

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