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Documento BORME-C-2014-9251

INELSA SOLAR, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ENERPON, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
SOL DE SANXENXO, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
EOLIA VENTOS DO NOROESTE, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
SOLAR SOL DE AREVALO, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 144, páginas 10612 a 10612 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-9251

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace público que el 30 de junio de 2014, la entidad Grupo Hedomin, Sociedad Limitada, socio único común de las entidades Inelsa Solar, Sociedad Limitada Unipersonal, Enerpon, Sociedad Limitada Unipersonal, Solar Sol de Arevalo, Sociedad Limitada Unipersonal, Sol de Sanxenxo, Sociedad Limitada Unipersonal y Eolia Ventos do Noroeste, Sociedad Limitada Unipersonal, ejerciendo las funciones propias de la Junta General Extraordinaria y Universal, aprobó por unanimidad la fusión por absorción de Inelsa Solar, Sociedad Limitada Unipersonal, como Sociedad absorbente, y las entidades Enerpon, Sociedad Limitada Unipersonal, Solar Sol de Arevalo, Sociedad Limitada Unipersonal, Sol de Sanxenxo, Sociedad Limitada Unipersonal y Eolia Ventos do Noroeste, Sociedad Limitada Unipersonal, como Sociedades absorbidas, con la extinción sin liquidación de dichas sociedades absorbidas y transmisión en bloque de sus patrimonios a la sociedad absorbente Inelsa Solar, Sociedad Limitada Unipersonal.

En la medida que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por el socio único de las sociedades que participan en la fusión, ejerciendo las funciones propias de la Junta General Extraordinaria y Universal y por unanimidad, de conformidad con lo dispuesto con el articulo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley ni elaborar informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión.

Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Sanxenxo (Pontevedra), 21 de julio de 2014.- Don Jose Carlos Dominguez Piñeiro, en su calidad de representante-persona física de la sociedad Grupo Hedomin, Sociedad Limitada Administrador único de Enerpon, Sociedad Limitada Unipersonal, Solar Sol de Arevalo, Sociedad Limitada Unipersonal, Sol de Sanxenxo, Sociedad Limitada Unipersonal, Eolia Ventos do Noroeste, Sociedad Limitada Unipersonal, Inelsa Solar, Sociedad Limitada Unipersonal.

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