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En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 304, 305 y 319 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante LSC), se comunica que la Junta General Extraordinaria de Hilaturas y Tejidos del Sur, S.A., celebrada el día 12 de diciembre de 2013, válidamente constituida, adoptó por unanimidad de todos los accionistas, determinados acuerdos, cuyos términos y condiciones más relevantes se detallan a continuación:
Primero.- Reducción de capital social a cero para restablecer el equilibrio entre el capital y patrimonio neto de la Sociedad, disminuido por consecuencia de pérdidas. Tras la aplicación de la totalidad de las reservas existentes a la compensación de las pérdidas, en cumplimiento del artículo 322 de la LSC, el capital social, cuyo importe estaba fijado en la cifra de un millón trescientos cincuenta y dos mil doscientos setenta y siete euros con veintitrés céntimos de euro (1.352.277,23 euros) de euros, se acordó, que de conformidad con el artículo 343 de la LSC, fuera reducido en dicho importe, para compensar pérdidas, hasta dejarlo cifrado en cero euros, mediante la amortización de la totalidad de las acciones nominativas en que se dividía el capital de la Sociedad.
De conformidad con lo previsto en el artículo 323 de la LSC, se realiza la reducción del capital social, sin derecho de oposición de los acreedores según el artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital, sobre la base del balance de la Sociedad cerrado a 30 de junio de 2013, el cual ha sido verificado por Vida Blanca Auditores, S.L.U., auditor de cuentas de la Sociedad que ha emitido su informe con fecha diecisiete de octubre de dos mil trece, y aprobado en el punto 1.º del orden del día de la citada Junta General Extraordinaria de Accionistas de 12 de diciembre de 2013.
En todo caso, la eficacia del acuerdo de reducción queda condicionada a la ejecución del acuerdo de aumento simultáneo de capital adoptado a continuación.
El acuerdo de aumento, simultáneo, pero inmediatamente posterior al acuerdo de reducción de capital, fue adoptado en la cifra de sesenta y cinco mil ochocientos ochenta y siete euros con sesenta y tres céntimos de euro (65.887,63 euros), pasando de un capital social de cero euros (0 euros) a un capital social de la cifra referida de sesenta y cinco mil ochocientos ochenta y siete euros con sesenta y tres céntimos de euro (65.887,63 euros), mediante la emisión y puesta en circulación de diez mil novecientas sesenta y tres acciones ordinarias, con un valor nominal de seis euros con cero un céntimos de euro (6,01 euros), con iguales derechos y obligaciones, clase y serie que las actualmente existentes y numeradas correlativamente del 1 al 10.963. Dichas acciones están representadas por títulos nominativos.
El aumento de capital ha sido íntegramente suscrito y desembolsado mediante la compensación del crédito, vencido, líquido y exigible, que la entidad Nature Tarín, S.L., en su condición de socio, ostenta frente a la sociedad desde el dos de enero de dos mil trece y, verificado por Vida Blanca Auditores, S.L.U., en fecha dos de diciembre de dos mil trece, resultando del mismo que son exactos los datos relativos al crédito aportado. Dicha entidad suscribe y desembolsa las diez mil novecientas sesenta y tres acciones previa renuncia expresa a los derechos de suscripción preferente por los restantes socios de la sociedad.
Sevilla, 1 de julio de 2014.- Don Eduardo Carlos Gago Prout, Administrador único.
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