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Documento BORME-C-2014-8925

VITAMINA K VENTURE CAPITAL SOCIEDAD DE CAPITAL RIESGO
DE RÉGIMEN COMÚN, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 136, páginas 10245 a 10245 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2014-8925

TEXTO

En cumplimiento del artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General y Universal de la Compañía "VITAMINA K VENTURE CAPITAL SOCIEDAD DE CAPITAL RIESGO DE RÉGIMEN COMÚN, S.A.", celebrada el día 30 de junio de 2014, acordó reducir su capital social en la suma de 217.165,65 euros mediante la reducción del valor nominal de todas y cada una de las acciones nominativas que integran el capital social en la cuantía de 0,05 euros por acción, con la finalidad de devolver aportaciones a los accionistas, con la siguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales.

Como consecuencia de esta reducción, el valor nominal de las acciones pasará de 1 euro a 0,95 euros y la diferencia de 0,05 euros por acción será entregada a todos y cada uno de los señores accionistas.

La ejecución del presente acuerdo de reducción se llevará a cabo dentro del mes siguiente a la finalización del plazo que, para ejercicio del derecho de oposición de los acreedores recogido en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital, establece el artículo 336 de la citada norma.

La cantidad de 0,05 euros por acción será satisfecha a los señores accionistas mediante transferencias bancarias.

Asimismo, como consecuencia de la anterior reducción de capital, se aprueba la modificación del artículo 5, de los Estatutos Sociales relativo al "Capital social" que, una vez ejecutada la reducción antes acordada, quedará redactado en los siguientes términos:

El capital social resultante como consecuencia de la reducción queda fijado en cuatro millones ciento veintiséis mil ciento cuarenta y siete con treinta y cinco euros (4.126.147,35 €), representado por 4.343.313 acciones nominativas de 0,95 euros de valor nominal cada una, todas iguales y numeradas de la 1 a la 4.343.313, ambos inclusive. El capital social está íntegramente suscrito y desembolsado.

Se hace constar que, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 334 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el derecho a oponerse a la referida reducción de capital de la Sociedad en el plazo de un mes contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo. Quedan excluidos los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente garantizados.

Madrid, 8 de julio de 2014.- El Secretario del Consejo de Administración, Renting Online, S.L.

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