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Documento BORME-C-2014-8899

GUARDIAN GLASS EXPRESS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GUARDIAN EXPRESS HOME, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 136, páginas 10217 a 10217 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-8899

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la sociedad "Guardian Glass Express, S.L." y el Socio Único de la sociedad "Guardian Express Home, S.L.U.", acordaron por unanimidad, con fecha ambos de 14 de julio de 2014, la fusión por absorción de la sociedad "Guardian Express Home, S.L.U.", (sociedad absorbida) por parte de la sociedad "Guardian Glass Express, S.L." (sociedad absorbente), por medio de la transmisión en bloque de todo el patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, previa disolución sin liquidación de la sociedad absorbida.

Todo lo anterior, conforme al Proyecto Común de Fusión suscrito, con fecha 30 de abril de 2014, por los respectivos órganos de administración de las dos compañías que se fusionan y depositado en el Registro Mercantil de Álava, correspondiente al domicilio social de las sociedades participantes en la fusión, así como a los Balances de fusión de las sociedades intervinientes, cerrados a 31 de diciembre de 2013, debidamente aprobados y auditados.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el derecho de los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los Balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social respectivo de cada una de las sociedades que se fusionan, teniendo los socios y acreedores igualmente el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito del texto íntegro de los mismos.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, los acreedores de las dos sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión adoptado por dichas sociedades, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente anuncio.

Llodio (Álava) a, 15 de julio de 2014.- Doña Cristina Adan Diez de Artazcoz, Secretaria no Consejera del Consejo de Administración de la sociedad "Guardian Glass Express, S.L." (sociedad absorbente), en virtud de los acuerdos a los que se hace referencia en el presente anuncio, y don Marco Antonio Moreno Pardo, Administrador único de "Guardian Express Home, S.L., Sociedad Unipersonal" sociedad absorbida).

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