De acuerdo con lo dispuesto en el Capitulo I del Título II de la Ley 3/2.009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas generales de las sociedades Sociedad Anónima, Sedni y Sedni Control, Sociedad Limitada, han adoptado en fecha 20 de mayo de 2014, acuerdo de fusión, mediante la absorción de la segunda por la primera.
Los socios y los acreedores de las sociedades que se fusionan tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión.
Los acreedores cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del proyecto de fusión y no esté vencido ni suficientemente garantizado, tienen derecho a oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo de fusión.
Alicante, 18 de junio de 2014.- Los Administradores de la Sociedad absorbente y de la Sociedad absorbida.
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