Está Vd. en

Documento BORME-C-2014-8542

ARCELORMITTAL COMERCIAL PERFILES ESPAÑA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ARCELORMITTAL COMMERCIAL BARS & RODS IBÉRICA, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 127, páginas 9833 a 9833 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-8542

TEXTO

Fusión por absorción

En cumplimiento de lo previsto en la vigente Ley, se hace público que las Junta Generales de Socios de ArcelorMittal Comercial Perfiles España, S.L., y de ArcelorMittal Commercial Bars & Rods Ibérica, S.L., Sociedad Unipersonal, celebradas con el carácter de universal, en sendas sesiones el día 30 de junio de 2014, acordaron por unanimidad, la absorción por ArcelorMittal Comercial Perfiles España, S.L, de la sociedad íntegramente participada ArcelorMittal Commercial Bars & Rods Ibérica, S.L., Sociedad Unipersonal, sobre la base del proyecto común de fusión de 25 de marzo 2014 y sirviendo de base a la operación los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2013. La fusión conlleva la extinción de ArcelorMittal Commercial Bars & Rods Ibérica, S.L., Sociedad Unipersonal, que quedará automáticamente disuelta, sin necesidad de liquidación, y traspaso en bloque, a título universal, de su patrimonio a ArcelorMittal Comercial Perfiles España, S.L, siendo de aplicación lo dispuesto en los artículos 49 y 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME").

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por ley, al haberse adoptado en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto.

Se hace constar de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión así como el derecho que corresponde a los acreedores en los términos del artículo 44 de la LME, de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión.

Madrid, 30 de junio de 2014.- El Secretario de la Sociedad Absorbente y el Secretario de la Sociedad Absorbida.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid