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Documento BORME-C-2014-8403

MARCOM PLUS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 124, páginas 9671 a 9671 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2014-8403

TEXTO

Edicto. Doña María Jesús Rodríguez Fernández, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, En los autos de referencia de Convocatoria de Junta General de Accionistas solicitada por Francisca Amores Zambrano en nombre y representación de María Teresa Escoda Barceló, Marta Domínguez Escoda, Alberto Domínguez Escoda frente a Marcom Plus, S.A. por resolución 5 de junio de 2014, se ha acordado librar oportuno edicto dirigido a ese organismo para la publicación en el mismo de la parte dispositiva de dicha resolución, la cual se inserta a continuación: Parte dispositiva Se admite la solicitud de convocatoria judicial de junta general de socios de la sociedad Marcom Plus, S.A., formulada por doña María Teresa Escoda Barceló, doña Marta Domínguez Escoda y don Alberto Domínguez Escoda. Se convoca la junta general solicitada, que se celebrará en el domicilio social, sito en Paseo de la Castellana, núm. 164, 3.º izda., de Madrid, en fecha 22 de septiembre de 2014, a las 10,30 horas, la cual será presidida por el socio designado por los demás concurrentes al inicio de la sesión, y que tendrá por:

Orden del día

Primero.- Nombramiento del nuevo órgano de Administración de la sociedad.

Segundo.- Autorización, en su caso, al nuevo órgano de administración para proceder a solicitar el Concurso Voluntario de Acreedores de la sociedad.

Tercero.- Otros ruegos y preguntas.

Los actos de publicidad y comunicación legal o estatutariamente exigidos para hacer efectiva esa convocatoria podrán ser realizados tanto por la parte solicitante como por la propia sociedad, siempre a costa de esta última. Tales actos consistirán en la publicación de edictos en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia de Madrid, así como en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Notifíquese este Auto según lo dispuesto, previniese de que contra el mismo no cabe recurso alguno, siendo firme. Así lo acuerda, manda y firma, Jorge Montull Urquijo, Magistrado-Juez de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil número 4 de los de Madrid, de lo que doy fe.

Madrid, 6 de junio de 2014.- Secretario Judicial.

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