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Documento BORME-C-2014-8341

NARMAR, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 121, páginas 9590 a 9591 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2014-8341

TEXTO

Conforme a lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad Narmar, Sociedad anónima, en su reunión de fecha 30 de abril de 2014, celebrada en el domicilio social, con la asistencia de la totalidad de sus accionistas, acordó por unanimidad reducir el capital social hasta un importe máximo de sesenta y seis mil ciento diez euros (66.110,00 €) mediante adquisición de acciones propias para su ulterior amortización, por el procedimiento previsto en los artículos 338 y siguientes de la citada Ley y con el informe de los Administradores.

Al objeto de llevar a cabo dicha amortización previamente se procederá a la adquisición de las acciones por la sociedad en autocartera, por título de compraventa, mediante la entrega de bienes inmuebles incluidos en el activo de la sociedad en contraprestación a la compra de acciones que se efectúe.

El número máximo de acciones a adquirir será de 1.100, correspondientes a un capital de sesenta y seis mil ciento diez euros (66.110,00 €). Las acciones deberán estar libres de toda carga o gravamen y no afectas al cumplimiento de ninguna obligación.

El precio de compra de las acciones que se ofrece a todos los accionistas es de doscientos catorce euros y noventa y seis céntimos de euro (214,96 €) por cada una de ellas. Los gastos e impuestos de la compraventa de acciones serán asumidos por la sociedad Narmar, Sociedad anónima, a excepción de los impuestos indirectos derivados de la adquisición de los bienes inmuebles transmitidos como contraprestación, que serán asumidos por el socio que transmita sus acciones.

La oferta de adquisición a todos los accionistas se realizó en la propia Junta General Extraordinaria y Universal, ratificándose mediante carta remitida por correo certificado con acuse de recibo a cada uno de los accionistas, y por el plazo legal de un mes desde su remisión. Antes de formalizar la aceptación, los accionistas deberán comunicar a la sociedad el número de acciones respecto de las que se aceptará la oferta.

Si el número de aceptaciones a la oferta de compra excede del número máximo de acciones que se autoriza a adquirir, se reducirán las ofrecidas por cada accionista en proporción al número de acciones cuya titularidad ostente, comunicándose a cada accionista las acciones a vender, y en el supuesto de que las solicitudes de venta no alcancen el número máximo de acciones cuya compra ha sido autorizada, se procederá directamente a la adquisición de las acciones cuya oferta de adquisición se hubiera aceptado. En caso de no alcanzarse el máximo el capital se reducirá sólo en la cuantía correspondiente a las aceptaciones recibidas.

Se procederá a efectuar la modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales, relativo al capital social, con el fin de adaptarlo a la cifra y numeración de acciones resultantes, tras efectuarse la oportuna renumeración de las mismas en caso de ser necesario.

La reducción de capital acordada deberá ejecutarse en el plazo máximo de tres meses a partir de la publicación del último de los anuncios de reducción de capital.

Se hace constar expresamente que los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la citada reducción de capital social en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción de capital social de la sociedad, en los términos previstos en el artículo 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Castellón, 11 de junio de 2014.- Los Administradores Mancomunados. Don Pascual Lloret Teruel y Don Plácido Ferrer Ferrando.

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