Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace público que la Junta General Universal de "La Hita Alquiler de Maquinaria, Sociedad Limitada", como Sociedad Absorbente, y el socio único de "Altux Lift, Sociedad Limitada" (Sociedad unipersonal), como sociedad absorbida e íntegramente participada por la primera, en fecha 14 de junio de 2014 decidieron aprobar, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de "Altux Lift, Sociedad Limitada", por parte de "La Hita Alquiler de Maquinaria, Sociedad Limitada", según los balances cerrados el 31 de diciembre de 2013, con la consiguiente disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida y atribución de su patrimonio íntegro a la Sociedad absorbente, en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de dichas sociedades.
En la medida que el acuerdo de fusión ha sido adoptado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley ni elaborar informe de los administradores ni expertos sobre el proyecto de fusión.
Se hace constar el derecho de los acreedores de dichas sociedades que se encuentren en el supuesto del artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales a oponerse a la fusión en los términos del artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Víctor Andrés Garre León Pedro García Sánchez.
Torre Pacheco, 19 de junio de 2014.- Administradores de La Hita Alquiler de Maquinaria, S.L., y de Altux Lift, S.L.
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