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Documento BORME-C-2014-817

ESTUDIO PEREDA 4, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PEREDA INGENIERÍA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 33, páginas 928 a 928 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-817

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se comunica que, en ejercicio de las competencias que le son propias, los socios de "Estudio Pereda 4, S.L." (la "Sociedad Absorbente"), reunidos en Junta General Universal celebrada el 30 de diciembre de 2013, acordaron la fusión por absorción de la Sociedad Absorbente y "Pereda Ingeniería, S.L.", Sociedad Unipersonal (la "Sociedad Absorbida"), mediante la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida, como consecuencia de su disolución sin liquidación, a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá por sucesión universal, según los términos establecidos en el proyecto común de fusión de 30 de junio de 2013.

Se han aprobado como balances de fusión los cerrados por la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida el 31 de diciembre de 2012.

De conformidad con el artículo 42 LME, al haberse adoptado el acuerdo de fusión en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos legalmente exigidos ni elaborar el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

Dado que se trata de una absorción de sociedad íntegramente participada, pues la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, resulta de aplicación el régimen previsto en el artículo 49.1 LME. En consecuencia, la aprobación de la fusión ha sido de únicamente por la Sociedad Absorbente. Además, no se han incluido en el proyecto de fusión las menciones 2ª, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 LME, no se han elaborado los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, y no se ha aumentado el capital de la Sociedad Absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los balances de fusión de la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida, así como el derecho de oposición a la fusión que corresponde a los acreedores durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los socios y trabajadores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de examinar en el domicilio social de éstas o pedir la entrega o el envío gratuitos de una copia de los documentos que se relacionan en el artículo 39 LME, con las excepciones que resulten aplicables.

Málaga, 31 de diciembre de 2013.- Jorge Juliani Aznar, Secretario no Consejero de "Estudio Pereda 4, S.L.".-Joaquim Alberto Hierro Lopes, representante persona física de "Nuceri Business, S.L.", Administrador Único de "Pereda Ingeniería, S.L.", Sociedad Unipersonal.

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