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Documento BORME-C-2014-7743

CONFORSAT, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ATEYS SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 110, páginas 8926 a 8926 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-7743

TEXTO

La Junta general extraordinaria y universal de Conforsat, S.L., con CIF B82022674, con fecha 31 de diciembre de 2013, ha aprobado por unanimidad la fusión por absorción de la Sociedad Ateys Sociedad Cooperativa Limitada como sociedad absorbida, por Conforsat, S.L., como sociedad absorbente, con extinción por disolución sin liquidación de Ateys Sociedad Cooperativa Limitada, y transmisión en bloque de su patrimonio a la Sociedad absorbente que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

Al haberlo acordado la totalidad de los Socios con derecho a voto, es de aplicación el artículo 34 de la Ley sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, no procediendo relación de canje ni los informes de expertos independientes y del órgano de administración sobre el proyecto de fusión, ni aumento de capital y aprobación de la fusión por la Sociedad absorbida. Asimismo, por haberse acordado la fusión conforme el artículo 42 de la mencionada Ley, no resulta precisa la publicación o depósito de los documentos exigidos por la ley ni el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, respetándose, en su caso, los derechos de información expresamente recogidos en dicho artículo 42.

Se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, el acogerse a lo previsto en el capítulo VIII del Título VII de la Ley del Impuesto de Sociedades. Igualmente se indica que la fusión produce efectos contables desde el día 1 de enero de 2014.

Se hace constar el derecho de todos los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados en la Junta general y el balance de fusión, así como el derecho de los acreedores (cuyo crédito haya nacido con anterioridad a la fecha de publicación del acuerdo de fusión) durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles.

Madrid, 16 de abril de 2014.- El Secretario de Conforsat, S.L., José Luis Víctor Sánchez.- J. Antonio Comas Fernández, Secretario de Ateys Sociedad Cooperativa Limitada.

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