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Documento BORME-C-2014-7360

GRÚAS Y TRANSPORTES SÁNCHEZ, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GRÚAS SÁNCHEZ, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 104, páginas 8506 a 8506 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-7360

TEXTO

Fusión por absorción.

Se hace público que las Juntas Generales y Extraordinarias de "Grúas y Transportes Sánchez, Sociedad Limitada" (sociedad absorbente), y de "Grúas Sánchez, Sociedad Limitada" (sociedad absorbida), celebradas ambas con fecha 24 de marzo de 2014 adoptaron por unanimidad de todos sus socios los acuerdos de fusión mediante la absorción de "Grúas Sánchez, Sociedad Limitada" (sociedad absorbida), con extinción por disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente "Grúas y Transportes Sánchez, Sociedad Limitada", que adquiere por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, ampliando su capital social en un nominal de 6.430,70 euros, mediante la creación de 107 participaciones sociales, y una prima de emisión total de 242.537,61 euros que son suscritas por los socios de la entidad absorbida en proporción a su participación en el capital social de la misma. Al ser adoptados los acuerdos de fusión de forma unánime por todos los socios de la entidad absorbente y absorbida, es de aplicación a la presente fusión el artículo 42 de la Ley 3/2009.

El acuerdo de fusión por absorción de las entidades "Grúas y Transportes Sánchez, Sociedad Limitada" (sociedad absorbente) y "Grúas Sánchez, Sociedad Limitada" (sociedad absorbida), ha tenido como base el proyecto de fusión suscrito con fecha 21 de marzo de 2014 por los órganos de administración de las sociedades participantes de la fusión, no habiendo siendo necesario su depósito en el Registro Mercantil de Madrid en aplicación del artículo 42 de la Ley 3/2009 y se ajusta al mismo.

Se anuncia el derecho que asiste a los socios de las sociedades participantes en la fusión y a los acreedores de las mismas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores de oponerse a la fusión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la ley 3/2009.

Igualmente se hace constar el derecho, que corresponde a los representantes de los trabajadores y trabajadores y a los socios de las sociedades participantes de la fusión, de examinar en el domicilio social de cada sociedad participante de la fusión, copia los documentos de la fusión a que hace referencia el artículo 39 de la Ley 3/2009 fusión, así como a obtener la entrega y envío gratuito de los mismos.

Madrid, 24 de marzo de 2014.- El Administrador único de "Grúas Sánchez, Sociedad Limitada", y "Grúas y Transportes Sánchez, Sociedad Limitada", Rafael Sánchez Poveda.

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