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Documento BORME-C-2014-6622

AYCE AUDITORES Y CONSULTORES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE).
AYCE ASESUR, S.L.
GESTIONES BERNA, S.L.
AYCE ASESORÍA Y CONSULTORÍA DE EMPRESAS, S.L.
AYCEQUINTANAR, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS).

Publicado en:
«BORME» núm. 97, páginas 7677 a 7677 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-6622

TEXTO

Anuncio de Fusión por Absorción.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que los socios de Ayce Auditores y Consultores, S.L., (la Sociedad Absorbente), en ejercicio de las competencias atribuidas a la Junta General de socios y la Junta Extraordinaria y Universal de socios de las mercantiles Ayce Asesur, S.L., Gestiones Berna, S.L., Ayce Asesoría y Consultoría de Empresas, S.L., y Aycequintanar, S.L., celebradas en sus respectivos domicilios sociales el mismo día 12 de mayo de 2014, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de las sociedades Ayce Asesur, S.L., Gestiones Berna, S.L., Ayce Asesoría y Consultoría de Empresas, S.L., y Aycequintanar, S.L., por parte de Ayce Auditores y Consultores, S.L., con extinción de las mercantiles absorbidas que transmiten en bloque su patrimonio a la sociedad absorbente, la que adquirirá a título universal por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, conforme al proyecto redactado por el órgano de administración de las citadas sociedades.

Al ser sociedades limitadas las sociedades participantes en este proceso de fusión y haberse adoptado dicho acuerdo de fusión en Junta de socios con asistencia de todos ellos y por unanimidad, se aplicará lo contemplado en el artículo 42 de la Ley 3/2009.

Se advierte expresamente a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de su derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión aprobados en los respectivos domicilios sociales de las sociedades intervinientes, de acuerdo al artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril.

Durante el plazo de un mes contado a partir de la última publicación de este anuncio de acuerdo de fusión, los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión podrán oponerse a la misma, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril.

Toledo, 12 de mayo de 2014.- Los Administradores de la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas, Eduardo Alonso Sánchez, Manuel Fernando López-Ocón Barfaluy, Emiliano Peces Patiño, Eduardo Alonso, S.L., Barfaluy, S.L., y Catoblespas, S.L.

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