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Documento BORME-C-2014-6058

GRUPO INTHELINE DE MARKETING, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INTHELINE MARKETING INTEGRAL, S.L. UNIPERSONAL
NEOFIS NUEVAS TECNOLOGÍAS, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 95, páginas 7010 a 7010 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-6058

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, en relación con los artículos 42 y 49 del mismo texto legal, se hace público que, con fecha 17 de abril de 2014, la Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de las indicadas entidades acordaron por unanimidad la fusión de las mismas, mediante la absorción por parte de Grupo Intheline de Marketing, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad absorbente) de Intheline Marketing Integral, Sociedad Limitada Unipersonal, y Neofis Nuevas Tecnologías, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedades absorbidas), con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y el traspaso en bloque, por sucesión y a título universal, de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio hacia la sociedad absorbente, fusión ajustada estrictamente a los términos del Proyecto Común de Fusión por Absorción, redactado por los Órganos de Administración de fecha 7 de abril de 2014, sin que proceda aumento de capital en la sociedad absorbente de conformidad en lo previsto en el artículo 49 ya que las sociedades absorbidas se encuentran íntegramente participadas por la sociedad absorbente ni la elaboración del informe de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, y sirviendo de base a la operación los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2013.

Por tratarse de una decisión adoptada en los términos del artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, el acuerdo de fusión ha podido adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, en especial el proyecto de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión, en atención al artículo 43 de la Ley 3/2009, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos establecidos en el artículo 44, de la Ley 3/2009, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión por absorción.

Donostia-San Sebastián, 17 de abril de 2014.- Don Iban Unzueta Galarza, Administrador Único de Intheline Marketing Integral, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbida), Don Gorka Ion Azpiroz Barcina, Secretario del Consejo de Administración de Neofis Nuevas Tecnologías Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbida) y Don Iban Unzueta Galarza, Administrador Único de Grupo Intheline de Marketing, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbente).

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