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Se hace público que por decisión del Accionista único y de las Juntas universales de las citadas sociedades, celebradas todas el día 5 de mayo de 2014, decidieron y/o aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Humiclima Est, S.A.U., de Humiclima Sac, S.A.U., Humiclima Centro, S.A.U., Mencli, S.A.U., Tecnotel de Canarias, S.A.U., Tecnotel Clima, S.L., Humiclima Magestic Grupo, S.L., Humiclima Sur, S.L., Humiclima Valladolid, S.L., Humiclima Est Catalunya, S.A., Instalaciones y Montaje de Aire Climatizado, S.L. y Global Spa, S.L., mediante la transmisión a título universal a la sociedad absorbente y disolución sin liquidación o extinción de las sociedades absorbidas, todo ello conforme a los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los administradores únicos de las sociedades intervinientes.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan y en su caso a los representantes de los trabajadores, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de la sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del anuncio de fusión.
Madrid, 7 de mayo de 2014.- El Administrador único de la sociedad absorbente y Administrador único de las Sociedades Absorbidas.
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