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Documento BORME-C-2014-4297

RADIO POPULAR, S.A., CADENA DE ONDAS POPULARES
ESPAÑOLAS - COPE

Publicado en:
«BORME» núm. 89, páginas 5046 a 5048 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2014-4297

TEXTO

El Consejo de Administración de Radio Popular, S. A. - Cadena de Ondas Populares Españolas (COPE), en su reunión del día 25 de abril de 2014, ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará en primera convocatoria el día 18 de junio de 2.014, a las trece horas, en la sede de la Cadena COPE, calle Alfonso XI, número 4, de Madrid, al objeto de deliberar y, en su caso, adoptar acuerdos sobre los asuntos comprendidos en el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de cambios en el Patrimonio neto del ejercicio, estado de Flujos de efectivo y Memoria), del informe de gestión de la Sociedad y de su grupo consolidado correspondientes al ejercicio 2013.

Segundo.- Examen y aprobación, si procede, de la propuesta de aplicación y distribución del resultado del ejercicio 2013.

Tercero.- Examen y aprobación, si procede, de la gestión del Consejo de Administración durante el ejercicio 2013.

Cuarto.- Propuesta de adecuación y modificación de estatutos sociales a fin de adecuar su contenido a las modificaciones legislativas en materia de derecho de sociedades y perfeccionar su redacción como realizar correcciones técnicas o de coordinación con el resto de textos corporativos y ello respecto a los siguientes artículos y extremos: El Capítulo I en su título se añade Nacionalidad, Fines y Domicilio siguiendo el orden de la Ley; Artículo 1.º (Denominación); Artículo 2.º (Objeto Social); Artículo 4.º (Domicilio Social y Sucursales ); Artículo 5.º (Duración de la Sociedad); Artículo 7.º (Acciones ); Artículo 8.º (Derechos Incorporados a cada Acción); Artículo 9.º (Indivisibilidad de las Acciones ); Artículo 10.º (Usufructo de Acciones ); Artículo 12.º (Restricciones a la libre Transmisibilidad de Acciones ); Artículo 14.º (La Junta de Accionistas ); Artículo 16.º (Junta General Ordinaria ); Artículo 17.º (Junta General Extraordinaria ); Artículo 18.º (Convocatoria de la Junta); Artículo 19.º (Constitución de la Junta ); Artículo 20.º (Junta Universal ); Artículo 21.º (Supuestos Especiales ); Artículo 22.º (Legitimación para asistir a la Junta); Artículo 23.º (Representación); Artículo 24.º (Solicitud Pública de representación); Artículo 26.º (Presidencia de la Junta ); Artículo 28.º (Derecho de Información); Artículo 29.º (Acta de la Junta); Artículo 30.º (El Consejo de Administración); Artículo 31.º (Composición del Consejo de Administración); Artículo 32.º (Duración del cargo); Artículo 33.º (Representación de la Sociedad ); Título del Artículo 34.º (Reelección y Separación del Consejo de Administración ); Artículo 34.º (Reelección y Separación del Consejo de Administración); Artículo 36.º (Reuniones del Consejo de Administración); Artículo 38.º (Funciones del Consejo de Administración); Artículo 39.º (Del Presidente y del Vicepresidente); Artículo 42.º (Del Secretario del Consejo de Administración ); Artículo 43.º (Modificación de Estatutos y Aumento y Reducción del Capital Social); Título del Artículo 44.º (Venta del Derecho de Preferencia); Artículo 44.º (Venta del Derecho de Preferencia); Título del Artículo 45.º (Disposiciones Generales. Formulación); Artículo 45.º (Disposiciones Generales. Formulación); Título del Artículo 46.º(Contenidos de las cuentas anuales); Artículo 46.º (Contenidos de las cuentas anuales); Artículo 47.º (Elaboración de las Cuentas Anuales); Artículo 48.º ( Informe de Gestión); Artículo 49.º (Verificación de las Cuentas Anuales); Artículo 50.º (Documentación Definitiva que se somete a la Junta General Ordinaria); Título del Artículo 51.º (Aprobación Cuentas Anuales); Artículo 51.º (Aprobación Cuentas Anuales); Título del Artículo 52.º (Aplicación del resultado. Reserva Legal y Distribución de Dividendos); Artículo 52.º (Aplicación del resultado. Reserva Legal y Distribución de Dividendos); Artículo 53.º (Depósito y Publicidad Cuentas Anuales); Artículo 55.º ( Importe de la Emisión); Título del Artículo 56.º (Condiciones y Garantías de la Emisión y Competencia de la Junta General ); Artículo 56.º (Condiciones y Garantías de la Emisión y Competencia de la Junta General ); Artículo 58.º (Representación de las Obligaciones y Títulos de Obligación ); Artículo 59.º ( Obligaciones Convertibles ); Artículo 60.º (Disposiciones Adicionales sobre Obligaciones); Artículo 61.º (Causas de Disolución); Título del Artículo 62.º (Liquidación y Reactivación de la Sociedad); Artículo 62.º (Liquidación y Reactivación de la Sociedad); Artículo 63.º (Aplicación del Remanente si lo hubiera ); Artículo 64.º (Información de la Liquidación, Balance Final, Aprobación del Balance, Reparto, División del Haber Social, Cancelación Registral, Responsabilidad y Cese de los Liquidadores e Insolvencia de la Sociedad en la Liquidación). Los artículos nuevos son los siguientes: Artículo 5.º bis (Página web corporativa y comunicaciones por medios electrónicos ); Artículo 66.º; Artículo 67.º y Artículo 68.º Se introduce un capítulo de nueva creación con la siguiente denominación: Capítulo XII.- Sociedad Unipersonal.

Quinto.- Cese, nombramiento y renovación/reelección/ratificación, en su caso, de administradores previa determinación, en su caso, del número de miembros del Consejo de Administración y remuneración de Consejeros.

Sexto.- Renovación/reelección/sustitución del Auditor de cuentas de la Sociedad y de su grupo consolidado.

Séptimo.- Autorización al Consejo de Administración para la adquisición derivativa y enajenación de acciones propias, directamente o a través de sociedades del grupo, de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 144, 146 y concordantes del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, dejando sin efecto la anterior autorización acordada por la Junta General el día 21 de junio de 2013.

Octavo.- Autorización al Consejo de Administración, conforme a lo dispuesto en el artículo 297 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, para que, dentro del plazo máximo de cinco años y si lo estima conveniente, pueda aumentar el capital social hasta la mitad del capital actual, en una o varias veces y en la oportunidad y cuantía que considere adecuados, dando nueva redacción al artículo 6 y concordantes, de los Estatutos Sociales, dejando sin efecto lo anterior autorización acordada por la Junta General el día 21 de junio de 2013.

Noveno.- Creación, en su caso, de la página web corporativa.

Décimo.- Delegación de facultades para efectuar el preceptivo depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil, para la formalización, desarrollo, elevación a público, inscripción, subsanación, ejecución y publicación de los acuerdos adoptados por la Junta, con facultades expresas para, en su caso, completar, subsanar, aclarar o armonizar cualesquiera de los referidos acuerdos, conforme a la calificación verbal o escrita del Registrador Mercantil, hasta lograr su incorporación al referido Registro.

Undécimo.- Ruegos y preguntas.

Duodécimo.- Lectura y aprobación, en su caso, del Acta de la sesión.

Los señores accionistas que representen, al menos, el 5 por 100 del capital social, podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la Junta General incluyendo uno o más puntos en el orden del día. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social, a la atención del secretario del consejo de administración, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la presente convocatoria y con indicación de la identidad de los accionistas que ejercitan el derecho de complemento y del número de acciones de que son titulares así como de los puntos a incluir en el orden del día acompañando, en su caso, cuanta documentación resulte necesaria y una propuesta de acuerdo justificada. Asimismo, los accionistas podrán examinar en el domicilio social, o bien obtener de la Sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos a que se refiere el orden del día y, en particular, los que contienen las cuentas anuales, el informe de gestión y el informe de los auditores de cuentas de la Sociedad y de su Grupo consolidado, así como el texto íntegro y el informe de los Administradores sobre la propuesta de aumento de capital autorizada y la justificación de la misma y de su delegación como también del Texto íntegro de las modificaciones estatutarias que se proponen y el informe de los Administradores justificativo de la modificación de estatutos propuesta. Están legitimados para asistir a la Junta General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de los Estatutos Sociales, todos los accionistas titulares de acciones que las tengan inscritas en el Registro de Acciones Nominativas de la Sociedad con cinco días de antelación, a aquel en que haya de celebrarse la Junta. Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar por medio de otra persona, aunque esta no sea accionista. La representación deberá conferirse por escrito o por medios de comunicación a distancia que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley de Sociedades de Capital para el ejercicio del derecho de voto a distancia y con carácter especial para la Junta, sin perjuicio de lo establecido por el artículo 187 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.

Madrid, 5 de mayo de 2014.- El Secretario del Consejo de Administración.

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