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Documento BORME-C-2014-2717

TALLERES DE ARTE GRANDA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 75, páginas 3221 a 3222 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2014-2717

TEXTO

Reducción de capital y simultáneo aumento de capital

De acuerdo con lo previsto en los artículos 319 y 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que en la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de "Talleres de Arte Granda, Sociedad Anónima", celebrada el día 8 de abril de 2014, se acordaron, por unanimidad de los asistentes que suponían más del 50 por ciento del capital social, los siguientes acuerdos:

Primero.- Reducir el capital social a cero euros mediante la amortización de las 150.000 acciones nominativas de la sociedad, en base al Balance de Situación de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2013 y debidamente auditado y que fue aprobado también por unanimidad, todo ello con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto disminuido como consecuencia de las pérdidas.

Segundo.- Simultáneamente, aumentar el capital social por importe de 600.000 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 150.000 nuevas acciones nominativas, numeradas correlativamente del 1 al 150.000, ambos inclusive, todas ellas de la misma clase y serie, con los mismos derechos y obligaciones, con un valor nominal de 4 euros cada una de ellas. El valor nominal de las acciones que se suscriban deberá ser desembolsado íntegramente en el momento de la suscripción mediante aportaciones dinerarias, en moneda nacional en curso, mediante ingreso en la cuenta corriente designada a tal efecto, la cuenta n.º ES27 0075 0279 24 0600032817 que la Sociedad tiene abierta en el Banco Popular.

Tercero.- Los actuales accionistas perderán su cualidad de socio, conservando únicamente esta cualidad si suscriben las nuevas acciones que le correspondan en la nueva emisión, ejercitando sus respectivos derechos de suscripción preferente. Podrán ejercitar los citados derechos de suscripción preferente sobre un número de acciones proporcional a las acciones de las que fueran titulares al inicio de la celebración de la Junta. El ejercicio de suscripción preferente se ejercerá de conformidad con las siguientes normas:

Relación de cambio: Una acción nueva por cada acción antigua.

Plazo: En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación del anuncio correspondiente en el BORME y en la página web corporativa de la sociedad previsto por la Ley y los Estatutos Sociales.

Acciones no suscritas: Las acciones no suscritas serán ofrecidas por el órgano de administración a terceras personas, para que en un nuevo plazo de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha en que se realice la comunicación de dicha oferta, puedan suscribir las acciones que les hayan sido ofrecidas.

Cuarto.- En caso de que el aumento de capital no sea suscrito íntegramente dentro de los plazos que se fijen, el capital social quede aumentado en la cuantía suscrita y desembolsada, siempre que se cubra la cifra mínima del capital legalmente establecido.

Quinto.- Dado que los anteriores acuerdos de reducción y aumento de capital son operaciones simultáneas y que la eficacia del acuerdo de reducción está condicionada a la ejecución del aumento del mismo, delegar en Órgano de Administración la facultad de fijar los términos y condiciones derivadas del acuerdo de ampliación en los términos del art. 297.1.a) de la Ley de Sociedades de Capital, así como la facultad de dar nueva redacción al artículo 5.º de los Estatutos Sociales para adaptarlo a la nueva cifra del capital social una vez acordado y ejecutado el aumento en su totalidad o parte, formalizando las escrituras públicas necesarias hasta la definitiva inscripción de ese aumento en el Registro Mercantil.

Alcalá de Henares, 8 de abril de 2014.- El Presidente del Consejo de Administración.

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