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Documento BORME-C-2014-2705

BANCO INVERSIS, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ANDBANK ESPAÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 75, páginas 3209 a 3209 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-2705

TEXTO

Anuncio de escisión parcial.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, la "Ley"), se hace público que el 10 de abril de 2014 las correspondientes Juntas generales de accionistas de la Sociedad Escindida y Sociedad Beneficiaria acordaron, ajustándose estrictamente al proyecto de escisión, redactado y suscrito conjuntamente por los administradores de ambas sociedades, que ha sido depositado en el Registro Mercantil de Madrid, la escisión parcial de "Banco Inversis, S.A.", en beneficio de "Andbank España, S.A.U.", lo cual, en virtud del artículo 70 de la Ley de Modificaciones Estructurales, implica:

(i) El traspaso en bloque por sucesión universal de los elementos patrimoniales y humanos afectos a la unidad económica del negocio bancario minorista o retail de la Sociedad Escindida, que no se extingue, a favor de la Sociedad Beneficiaria;

(ii) el aumento por la Sociedad Beneficiaria de su capital social en la cuantía que proceda, a fin de permitir que los accionistas de la Sociedad Escindida reciban un número de acciones de la Sociedad Beneficiaria de la escisión acorde a su participación en la Sociedad Escindida (sin perjuicio de los ajustes entre accionistas previstos); y

(iii) la reducción de capital de la Sociedad Escindida conforme a lo establecido en el proyecto de escisión.

Asiste a los accionistas, a los acreedores y a los representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la escisión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del presente anuncio, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley.

La validez y eficacia de los acuerdos de escisión adoptados por las sociedades participantes ha quedado sometida a la condición suspensiva de la obtención de las preceptivas autorizaciones del Ministerio de Economía y Competitividad y del Banco de España.

Madrid, 10 de abril de 2014.- El Secretario del Consejo de Administración de "Andbank España, S.A.U.", Víctor Manuel Dorado González.-El Secretario del Consejo de Administración de "Banco Inversis, S.A.", Eduardo Muela Rodríguez.

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