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Anuncio de escisión (parcial).
De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales de socios de Maser Spain, S.L Unipersonal y Finex 3000, S.L., celebradas en régimen de universal el 20 de marzo de 2014, se acordó por unanimidad la escisión parcial de la sociedad Maser Spain, S.L. Unipersonal, que, sin extinción, traspasará en bloque una parte de su patrimonio que constituye una unidad económica, a la Sociedad Finex 3000, S.L. Como consecuencia de la escisión, la sociedad escindida, reducirá su capital social.
De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace constar de modo expreso, el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la escisión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión.
De igual manera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, se hace constar de modo expreso, el derecho de oposición que durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de escisión, asiste a los acreedores y obligacionistas de las sociedades que participan en la escisión, en los términos que resultan del citado precepto.
Torrijos ( Toledo ), 24 de marzo de 2014.- Los Administradores únicos de las sociedades Maser Spain, S.L. Unipersonal, y Finex 3000, S.L., doña María Teresa Parra Rojas y doña Montserrat Pérez Cuesta, respectivamente.
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