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En cumplimiento de lo previsto en el Artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "ley"), se hace público que el 20 de febrero de 2014, los accionistas ejerciendo las funciones de la Junta general de accionistas de Mercaoficina, S.L.U., acordó la fusión por absorción de Tebar Mobiliario, S.L.U., por Mercaoficina, S.L.U. La fusión se realiza sin necesidad de aprobación por la junta general de accionistas de Tebar Mobiliario, S.L.U. por ser de aplicación lo previsto en el artículo 49.1.4º de la ley.
Asiste a los accionistas, a los acreedores y a los representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley.
Madrid, 20 de febrero de 2014.- Damian Tebar de la Fuente, Administrador Único de las mercantiles Tebar Mobiliario, S.L.U. y Mercaoficina, S.L.U.
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