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Documento BORME-C-2014-13067

ACTIVIDADES COMERCIALES CONSUL, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MILANO SIXTA, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 245, páginas 14860 a 14860 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-13067

TEXTO

En Junta General Extraordinaria y Universal de "Actividades Comerciales Consul, Sociedad Limitada", celebrada el pasado 30 de junio de 2014, fue aprobado, por unanimidad, al igual que en "Milano Sixta, Sociedad Anónima", por decisión del socio único de la misma fecha: el proyecto de fusión y los Balances de fusión, y por ende llevar a cabo la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción por "Actividades Comerciales Consul, Sociedad Limitada", como sociedad absorbente, con la transmisión a ésta a título universal del patrimonio de "Milano Sixta, Sociedad Anónima", sociedad absorbida, y su disolución sin liquidación, sin aumento de capital de la sociedad absorbente por ser titular de todo el capital de la absorbida, todo ello conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión, suscrito por los miembros de los órganos de administración de las sociedades intervinientes.

Conforme el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el acuerdo de fusión ha sido adoptado sin necesidad de publicar/depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado por unanimidad de todos los socios.

Asiste a los socios, a los acreedores y a los trabajadores de las participantes el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos y de los Balances de fusión; a los acreedores de las intervinientes les asiste también el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos del artículo 44 de la citada Ley 3/2009, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

San Cristóbal de La Laguna, 16 de diciembre de 2014.- María Achi Dumpiérrez, Administradora solidaria de ambas sociedades.

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