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Documento BORME-C-2014-12638

FICI, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 234, páginas 14397 a 14397 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2014-12638

TEXTO

En cumplimiento del artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la junta general extraordinaria y universal de accionistas de la compañía, celebrada con carácter universal el día 17 de noviembre de 2014, se acordó por unanimidad:

Renunciar a la regla de prorrata establecida en el artículo 330 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Reducir su capital social en la suma de doscientos noventa y cuatro mil doscientos treinta y un euros con cincuenta y siete céntimos (294.231,57), mediante la amortización de cuarenta y ocho mil novecientas cincuenta y siete (48.957) acciones de 6,01 euros cada una, las número 432.017 a 480.973 ambas inclusive, con la finalidad de devolver aportaciones al socio Ignacio Llano Echezárraga, con la siguiente modificación del artículo séptimo de los Estatutos sociales. Tras la reducción acordada, el capital social quedará fijado en la cantidad de dos millones quinientos noventa y seis mil cuatrocientos dieciséis euros y dieciséis céntimos (2.596.416,16), representado por cuatrocientas treinta y dos mil dieciséis acciones de seis euros y un céntimo de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 1 a la 432.016 ambas inclusive.

Simultáneamente se acordó la creación de una reserva indisponible por la misma cuantía de la reducción de capital.

En pago del valor de tales acciones se entregará al mencionado socio los inmuebles con las siguientes referencias catastrales:

- 4245001NG9844N0001RW.

- 4346012NG9844N0001RW.

- 4245001NG9844N0001RW (antes 32000000017900093HH).

- 32900A179000180000LH.

- 32900A179000160000LZ.

- 32900A179000150000LS

De conformidad con lo establecido en el artículo 329 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que al final de la reunión y por todos y cada unos de los socios de la entidad y dando a ese acto el carácter de Junta General Especial, acordaron por separado expresar cada uno de ellos su conformidad con la reducción de capital social y devolución de aportaciones al socio.

Todo lo cual se comunica y hace público a los efectos legales oportunos, haciendo saber conforme al artículo 335. C) no existe derecho de oposición de acreedores sociales.

Madrid, 4 de diciembre de 2014.- El Consejero Delegado, Ignacio Llano Echezárraga.

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