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Documento BORME-C-2014-12621

ELABORADOS MIGUEL MEDICIS, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SIRIUS INMOINVEST, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
ELABORADOS MIGUEL MEDICIS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 234, páginas 14378 a 14378 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-12621

TEXTO

Anuncio de escisión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73.1 de la misma norma, se hace público que el 13 de noviembre de 2014, "Grupo Miguel Medicis, Sociedad Limitada", socio único de las entidades "Elaborados Miguel Medicis, Sociedad Anónima Unipersonal" y "Sirius Inmoinvest, Sociedad Anónima Unipersonal", ejerciendo las funciones propias de la Junta General Extraordinaria y Universal de dichas sociedades, aprobó, por unanimidad, la escisión total de la entidad "Elaborados Miguel Medicis, Sociedad Anónima Unipersonal", que se extinguirá vía disolución sin liquidación, con el consiguiente traspaso de la totalidad de su patrimonio social a la entidad de nueva creación "Elaborados Miguel Medicis, Sociedad Limitada" y a la ya existente "Sirius Inmoinvest, Sociedad Anónima Unipersonal", quienes adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo.

En la medida que el acuerdo de escisión ha sido adoptado por el socio único de la sociedad escindida y de las sociedades beneficiarias, ejerciendo las funciones propias de la Junta General Extraordinaria y Universal y por unanimidad, de conformidad con lo dispuesto con el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley ni elaborar informe de los administradores sobre el proyecto de escisión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

San Juan (Alicante), 13 de noviembre de 2014.- El Administrador Único de las sociedades "Elaborados Miguel Medicis, Sociedad Anónima Unipersonal" y "Sirius Inmoinvest, Sociedad Anónima Unipersonal", Miguel Médicis Roldán.

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