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Documento BORME-C-2014-12533

BATISTE ORQUÍN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD SEGREGADA)
SUCESORES DE BATISTE ORQUÍN, SOCIEDAD LIMITADA
UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 231, páginas 14284 a 14284 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-12533

TEXTO

Anuncio de segregación de rama de actividad

A los efectos del artículo 43, aplicable por remisión del artículo 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que el 18 de noviembre de 2014 la Junta General Universal y Extraordinaria de la mercantil Batiste Orquín, S.L., aprobó la segregación de la misma, mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de una parte de su patrimonio -que forma una unidad económica- relativa a la rama de actividad de alquiler de locales y naves industriales a favor de la sociedad de nueva creación "Sucesores de Batiste Orquín, Sociedad Limitada Unipersonal", que adquirirá por sucesión universal todos los activos y pasivos asociados a esa unidad económica y en consecuencia todos los derechos y obligaciones, sin que la sociedad segregada se extinga como consecuencia de la segregación, sin reducción de su capital, recibiendo a cambio la sociedad segregada participaciones sociales de la sociedad beneficiaria; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la LME y ajustándose a los términos previstos en el Proyecto de Segregación de Batiste Orquín, S.L., debidamente formulado por su Administrador único el 18 de noviembre de 2014.

La presente segregación se configura como una segregación especial, al encontrarse "Batiste Orquín, S.L." y "Sucesores de Batiste Orquín, S.L.U.", íntegramente participadas directa o indirectamente por los mismos socios. Por tanto, resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en los artículos 42 y 49.1 de la LME, en relación con los artículos 71 y 73.1 de dicha Ley. En consecuencia, se adopta el acuerdo de segregación sin que sea necesario informe de administradores sobre el proyecto de segregación ni informe de expertos independientes, así como tampoco los demás documentos o requisitos de los que exoneran los preceptos aplicables.

Se hace constar expresamente a los socios y acreedores de "Batiste Orquín, S.L." el derecho que les asiste a obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y demás documentos legalmente exigidos. Se hace constar asimismo que, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio, los acreedores de "Batiste Orquín, S.L." cuyo crédito haya nacido con anterioridad a la presente publicación podrán oponerse a la segregación en los términos previstos en la LME.

Villajoyosa, 18 de noviembre de 2014.- El Administrador solidario de Batiste Orquín, S.L., D. Jaime Orquín Llinares.

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