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Documento BORME-C-2014-12346

AUDITOR SOFTWARE DE ESPAÑA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 227, páginas 14077 a 14077 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2014-12346

TEXTO

Anuncio de reducción de capital y transformación de sociedad anónima en sociedad limitada.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC") se hace público que en la Junta General de accionistas celebrada con carácter de Extraordinario y Universal, y sin necesidad de previa convocatoria, el día 1 de Octubre de 2014, se tomaron por unanimidad, entre otros acuerdos, el de efectuar una reducción del capital social y simultáneamente la transformación de la sociedad en los términos siguientes:

Primero.- Reducción de capital social, por condonación de dividendos pasivos no satisfechos.

Se acuerda reducir el capital social en la cantidad de 45.750 euros mediante la condonación de dividendos pasivos por importe de 45,75 euros por acción, por el procedimiento de reducción en la misma cuantía del valor nominal de cada acción.

Como consecuencia de la reducción del capital acordada, el mismo queda fijado en la cifra de 15.250 euros, distribuidos en mil acciones nominativas de 15,25 Euros de valor nominal cada una de ellas.

Segundo.- Transformar la entidad Auditor Software de España, S.A. en Sociedad de Responsabilidad Limitada, con idéntica denominación, salvo en lo referente al tipo de sociedad, pasando a denominarse "Auditor Software de España, S.L.".

Dicha transformación se acuerda de forma simultánea a la reducción de capital acordada, ya que el capital resultante de la misma no alcanza el mínimo legal establecido para la sociedad anónima por la vigente legislación.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad de ejercitar el derecho de oposición durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción de capital.

Madrid, 1 de octubre de 2014.- El Secretario no Consejero.

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